Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Roda Bonfill C.B.

El 25-11-2010, Roda Bonfill C.B., en L'ALDEA (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es E55527592. La actividad (principal) de Roda Bonfill C.B. es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Roda Bonfill C.B.
Localidad:
L'ALDEA
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
E55527592
Número de insolvencia:
E55527592
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
FRANCESC ROBERT GRAUPERA 0
43896 L'ALDEA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-06-2013
A130032726
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil Eduardo Roda Bonfill (NIF 78582354W ), seguidos en este Juzgado con el n.º 378/2010, se ha dictado en fecha 24/05/13 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de Eduardo Roda Bonfill, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 378/2010 a instancias de Eduardo Roda Bonfill y el archivo de las conclusiones por el pago de la totalidad de los créditos reconocidos.

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Civil de Tortosa, para la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo, así como del cese de los administradores judiciales librándose para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán entregados al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tortosa.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe.

El Juez. El Secretario Judicial

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 24 de mayo de 2013.- Secretario judicial.

16-12-2010
89714
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona, por el presente hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 378/2010 se ha dictado en fecha 25/11/10 Auto de declaración de concurso voluntario de EDUARDO RODA BONFILL, con CIF 78582354W y domicilio social en C. Raval de Sant Josep s/n Aldea, l' (Tarragona), representada por la procurador M.ª Josepa Martínez Bastida y defendida por el Letrado Carles Cases Blanch, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal D. Jose Antonio Jiménez González con dirección electrónica administración concursal@gabinetsalva.com la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente

Tarragona, 25 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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