Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:
Que en el procedimiento número 725/2010-9, por Auto de fecha 21 de septiembre de 2017, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor: PREFABRICADOS SIERRA SUR SL, con C.I.F. número B91498402.
La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente:
Parte Dispositiva
Acuerdo:
1) La conclusión del proceso concursal de PREFABRICADOS SIERRA SUR SL, con C.I.F. B91498402 y domicilio en Sevilla, carretera la Roda-Campillos Kilómetro 1, La Roda de AndalucÃa, llevado en este mismo juzgado con el nº 725/2010. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 dÃas.
3) La declaración de extinción de la sociedad PREFABRICADOS SIERRA SUR SL, con C.I.F. B91498402 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. ExpÃdase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurÃdica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 L.C.
Sevilla, 3 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla anuncia:
1º. - Que en procedimiento número 725/2010, por auto de 18/10/10, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Prefabricados Sierra Sur, S.L., con C.I.F B91498402 y domicilio en La Roda de Andalucía (Sevilla).
2º. -Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º. - Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º. - Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de letrado (artículo 184.3 L.C).
Sevilla, 18 de octubre de 2010.- .