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Concurso de acreedores Construcciones Herimar Salobreña, Sl

El 15-09-2010, Construcciones Herimar Salobreña, Sl, en SALOBREÑA (Granada) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GRANADA. El número de insolvencia de esta empresa es B18566802. La actividad (principal) de Construcciones Herimar Salobreña, Sl es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Herimar Salobreña, Sl
Localidad:
SALOBREÑA
Provincia:
Granada
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B18566802
Número de insolvencia:
B18566802
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
1 DE MAYO 1
18680 SALOBREÑA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-12-2010
87958
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

El Juzgado de Primera Instancia número 14 y Mercantil de Granada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento abreviado número 922/2009 por auto de fecha 15 de Septiembre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Construcciones Herimar Salobreña, S.L.", con C.I.F. n.º B18566802 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.

Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos mediante correo certificado a la siguiente dirección del Administrador Concursal: Doña África de la Rubia Sánchez, Plaza de la Trinidad n.º 2 - 1º Oficina 1.ª 18001, Granada.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.- La personación mediante Abogado y Procurador para comparecer en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

Granada, 20 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.

Informes
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