Doña Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca,
Hace saber: que en este Juzgado y en el procedimiento Concurso Voluntario 409/2010 -B por resolución de fecha 6 de julio de 2012 se ha acordado la conclusión del procedimiento concursal de "Caibarien, S.A.", CIF A07442346, y con domicilio en Av. Mateo Bosch, n.º 22, de Puerto de Andratx, con archivo de las actuaciones y aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.
Palma de Mallorca, 10 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
Edicto.
Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente hago saber:
1.º Que en los autos seguidos ante este Juzgado con en número sección I declaración concurso 409/10 se ha dictado en fecha 2 de noviembre de 2010, auto de declaración de concurso voluntario de "Caibarien S.A.", CIF A07442346, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Puerto de Andratx.
2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañandose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 3 de noviembre de 2010.- El/la Secretario/a judicial.