Edicto
Doña Paula Andrea Arango Campuzano, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 (de lo Mercantil) de Ourense, anuncia:
1.- Que en el concurso voluntario abreviado número 855/2010 del deudor Bodega SeñorÃo de Roblido, S.L., se ha dictado con fecha de 4 de abril de 2017 auto de conclusión de concurso.
2.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
Ourense, 4 de abril de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense,
Edicto.
En este órgano judicial concurso de acreedores con el número 855/10 de la concursada Bodega Señorío de Roblido, en el cual por medio de auto de fecha 16 de mayo de 2012 se ha acordado:
1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.
2.- Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición de concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Consursal.
3.- Se declara disuelta la mercantil Bodega Señorío de Roblido, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
5.- Formar la sección sexta de calificación del concurso que se encabezará con testiminio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. En el plazo de 10 días pueden personarse cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo,alegando pro escrito en cuanto considere relevante para calificar el concurso como culpable.
Ourense, 16 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
Doña Estefanía Cotobal Martín, Secretaria Judicial de Xdo. Primera Instancia n.º 4 de Ourense, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal numero 855/2010 referente al concursado Bodegas Señorío de Roblido, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará del dia 16 de mayo de 2012, a las 10.00 horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado, la cual será presidida por la Administración concursal.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluídos en la lista definitiva de acreedores pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118. de la LC.
Ourense, 16 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
Edicto
D. Manuel Rodríguez Zarraquiños, Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense, por el presente hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el numero 855/10 se ha dictado en fecha 13 de octubre de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Bodega Señorío de Roblido, S.L., con CIF B 32280943 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ourense.
2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición del deudor se conservan, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención del administrador concursal habiéndose designado para tal cargo al letrado José Luis Rodríguez Fernández.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocara un privilegio especial los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del titulo o de los documentos relativos al crédito.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlos por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal)
Ourense, 18 de octubre de 2010.- D. Manuel Rodríguez Zarraquiños, Secretario Judicial del Jdo. de Primera Instancia nº 4 de Ourense.