Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,
Hago saber: Que en el de concurso voluntario abreviado n.º 512/2010, se ha acordado mediante auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil " Jordicreu, S.L.", con CIF B-17869116, con domicilio social en urbanización Golf Perelada, forat 15, casa 21 de Perelada (Girona), así como la suspensión de la convocatoria de junta de acreedores señalada para el próximo 8 de marzo de 2012 a las 10:30 horas.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la Ley Concursal, en relación con el segundo párrafo del articulo 23 de la ley concursal, expido el presente.
Girona, 28 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,
Hago saber: Que en el expediente de concurso 512/2010, se ha acordado en virtud de auto dictado en fecha 9 de enero de 2012, la convocatoria judicial de Junta de acreedores de la mercantil concursada " Jordicreu, S.L." para el próximo día 8 de marzo de 2012 a las 10,30 horas, que se celebrará en la sala de audiencias de este Juzgado.
Se hace saber a los concursados y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta 20 días antes de la celebración de la Junta
Y para que sirva de publicación, expido el presente edicto
En Girona, 9 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.
El Juzgado de Primera Instancia número 6, con funciones de Mercantil de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado número 512/2010, por auto de 23 de julio de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Jordicreu, S.L.", con NIF número B17869116 y domicilio social en Urbanización Golf Peralada, Forat 15, casa 21 de Peralada (Girona) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Avenida Constitució s/n de Peralada (Girona).
2º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
3º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
4º Que la/el concursada/o Jordicreu, S.L. conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los administradores concursal/es, mediante su autorización o conformidad.
Girona, 23 de julio de 2010.- Secretario Judicial, José Antonio Marquinez Beitia.