Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Explotaciones Turisticas Sunny Island Sl

El 28-09-2010, Explotaciones Turisticas Sunny Island Sl, en ADEJE CASCO (Tenerife) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B38413720. La actividad (principal) de Explotaciones Turisticas Sunny Island Sl es actividades inmobiliarias.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Explotaciones Turisticas Sunny Island Sl
Localidad:
ADEJE CASCO
Provincia:
Tenerife
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B38413720
Número de insolvencia:
B38413720
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ANTONIO NAVARRO (AP ORLANDO) 0
38670 ADEJE CASCO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-02-2011
7072
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 45/2010, seguido en virtud de la declaración de concurso de Explotaciones Turísticas Sunny Island, S.L., se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado; los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de febrero de 2011.- Secretario Judicial.

20-10-2010
74461
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000045/2010, seguido a instancias de la Procuradora doña Enma Crespo Ferrándiz en nombre y representación de la entidad "Explotaciones Turísticas Sunny Island S.L.", se ha dictado auto el día 28 de septiembre de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de "Explotaciones Turísticas Sunny Island S.L.", con CIF B38413720, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designa como Administrador del concurso, como Abogado, a don Ricardo Riera Antúnez.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición de la deudora respecto a su patrimonio, se acuerda, la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de Medidas Urgentes en Materia Tributaria, Financiera y Concursal, por el cual se modifica el n.º 5 del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y a la deudor en el caso de que ésta no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de octubre de 2010.- La Secretaria judicial.

Informes
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