EDICTO
M.José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 05 de Barcelona,
Hago saber que: En el Concurso ordinario 566/2010 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de INSTALACIONES ANDRÉS, S.A., con NIF A58803123.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de Administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 3 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª José Hompanera González.
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Pilar Vives Requena, Secretaria en sustitución del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.-Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111 Edificio C, 12ª planta.
Número de Asunto.- Concurso voluntario 566/2010 5.ª
Tipo de Concurso.- Voluntario Abreviado.
Entidad Instante del Concurso y NIF.- Instalaciones Andrés, S.A. A58803123.
Fecha del Auto de Declaración.- 14/09/2010.
Administradores Concursales.- D. Jordi Romero Climent, con NIF 46697618M domiciliado en Barcelona, calle Rosellon, 372, 3º 3ª, como Economista.
Facultades del Concursado.- Intervenidas.
Llamamiento a los acreedores.- Deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará o dirigirá a la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes número 111, edificio C, 13ª planta (08014- Barcelona) en el plazo de quince días a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende.
Barcelona, 20 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial, en sustitución.
PARTE DISPOSITIVA: "I.- Debo declarar y declaro en CONCURSO a la entidad INSTALACIONES ANDRES S.A. con domicilio en Calella (Barcelona) calle ramón y Cajal 36 con CIF A 58803123. II.- El concurso de la entidad INSTALACIONES ANDRES S.L. tiene el carácter de concurso VOLUNTARIO. Su tramitación se realizará conforme a las normas del procedimiento ABREVIADO, reduciéndose a la mitad los plazos procesales fijados en el LC, a cuyos efectos se abrirán las secciones correspondientes con testimonio de la presente resolución. III.- Se nombra ADMINISTRADOR CONCURSAL a Jordi Romero Climent, Abogado, con domicilio profesional en c/ Rosellón 372, 3°3° de Barcelona, teléfono 93 457 31 84. Prevéngasele para que en el plazo de 5 días, desde la notificación de esta resolución, comparezcan ante este Juzgado para la aceptación del cargo, con requerimiento de cumplimiento de todos los deberes legales inherentes a ello, y para la posterior presentación de informe cuantificando sus retribuciones, dentro de los 5 días siguientes a su aceptación. En cuanto al Informe concursal del art. 75 LC, habrá de presentar el mismo en original por escrito y firmado, con copia en soporte digital PDF, acompañado de escrito separado. IV.- Se ordena la INTERVENCIÓN por parte de la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y derechos de la entidad concursada, INSTALACIONES ANDRES S.A. que hayan de integrarse en la masa del concurso. Los actos que infrinjan dicha intervención podrán ser anulados y no tendrán acceso a registros públicos sin el cumplimiento de las exigencias legales. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades civiles o penales. La entidad concursada deberá prestar la máxima colaboración y diligencia en todo aquello que sea requerido por la Administración Concursal. V.- Llámese a los acreedores de la entidad concursada para que en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE, comuniquen sus créditos, debidamente documentados, expresando su cuantía, y en su caso, clasificación pretendida, en este Juzgado, por escrito dirigido a la atención de la Administración Concursal. VI.- Publíquese esta resolución en la forma dispuesta en el art. 23 LC siendo gratuita la publicación en el BOE. VII.- Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, para la inscripción de la declaración de concurso, adjuntando testimonio de esta resolución y del acta de aceptación de la administración concursal. Líbrese igualmente, en su caso, mandamientos por duplicado a los Registros de la Propiedad donde constaren inscritos bienes de la entidad concursada, para la anotación preventiva de la declaración de concurso, así como a cualesquiera otros registros donde pudieran constar inscritos bienes de la concursada. El diligenciamiento de tales mandamientos y despachos, de este apartado y del anterior, se realizará por medio del procurador de la parte instante, bajo su directa e inmediata responsabilidad, quién lo verificará sin dilación alguna, a la mayor brevedad, para la publicación de edictos y presentación de mandamientos. VIII.- Notifíquese la presente resolución a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. IX.- Se tiene por solicitada la liquidación anticipada de la sociedad de conformidad con lo previsto en el art. 142 bis LC, formándose la Sección quinta, con testimonio de esta resolución a los efectos procedentes. Notifíquese este Auto según lo dispuesto, previniese de que contra él mismo cabe recurso de reposición, ante este mismo Juzgado, dentro de los 5 días siguientes a su notificación, respecto las medidas adoptadas. Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo, a preparar en el plazo de cinco días contados desde su notificación.".-