Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Maderas Y Chapas Valdepeñas Sl

El 01-09-2010, Maderas Y Chapas Valdepeñas Sl, en VALDEPEÑAS (Ciudad Real) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13439609. La actividad (principal) de Maderas Y Chapas Valdepeñas Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Maderas Y Chapas Valdepeñas Sl
Localidad:
VALDEPEÑAS
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B13439609
Número de insolvencia:
B13439609
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
CL FRANCIA - PARCELA 48/2 PQ EMPRESARIAL 0
13300 VALDEPEÑAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-03-2020
A200014837
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

E D I C T O

Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC,

A N U N C I A

1.- Que en el procedimiento concursal abreviado número 132/2010 seguido frente a la mercantil MADERAS Y CHAPAS VALDEPEÑAS, S.L., con CIF. B13439609, con domicilio en calle Francia, parcela 48/2, Parque Empresarial Entrecaminos de Valdepeñas (Ciudad Real), inscrita al tomo 424,libro 0, folio 128,hoja CR-16732, inscripción 1ª del Registro Mercantil de Ciudad Real se ha acordado la conclusión y archivo del concurso abreviado tramitado en este Juzgado.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil "MADERAS Y CHAPAS VALDEPEÑAS, S.L.", procediendo la extinción de la citad mercantil y el cierre de su hoja registral, así como la cancelación de todas las anotaciones practicadas en su día en relación a la inscripción registral de la declaración del concurso y de la liquidación –si se hubiere inscrito esta última-, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Ciudad Real, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. La mercantil MADERAS Y CHAPAS VALDEPEÑAS, S.L., quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo.

4.- Se aprueba la rendición de cuentas efectuada la AC, de su actuación presentada por el Administrador separado y cesado en el presente concurso, D. José María del Carre Díaz-Gálvez.

La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad del Administrador concursal.

Consecuentemente a lo anterior, se acuerda el cese definitivo del Administrador concursal designado.

El administrador Concursal deberá devolver las credenciales entregadas.

Ciudad Real, 12 de marzo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.

04-11-2013
A130060830
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

Que en el procedimiento concursal abreviado voluntario número 132/2010 de la entidad "Maderas y Chapas Valdepeñas, S.L.", seguido en este Juzgado, con fecha 22 de octubre de 2.013 se ha dictado auto cuya parte dispositiva acuerda lo siguiente:

1. Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal, al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 y siguientes de la Ley Concursal.

2. Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3. La formación de la sección sexta de calificación, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, y se incorporarán a la misma, testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración del concurso y el informe de la administración concursal. Procédase a efectuar las publicaciones oportunas: se hace saber por medio de la misma, a cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, que podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Transcurrido dicho plazo, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 y siguientes de la Ley Concursal.

4. Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.

Ciudad Real, 29 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

11-02-2013
A130006783
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concursal abreviado número 132/2010 referente a la concursada "Maderas y Chapas Valdepeñas, S.L.", por auto de fecha 4 de febrero de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 15 de noviembre de 2012, por no haberse presentado ninguna propuesta.

2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 19 de febrero de 2013.

3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.

4.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

5.- Requerir a la Administración Concursal para que en el plazo de 15 días presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Ciudad Real, 4 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

22-11-2012
A120079199
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración de Concurso 132/2010 referente a la concursada Maderas y Chapas Valdepeñas, S.L., se ha dictado por este Juzgado de lo Mercantil, auto de fecha 15 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva acuerda lo siguiente:

1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal, de la concursada Maderas y Chapas Valdepeñas, S.L.

2. Abrir la fase de convenio que será encabezada con certificación literal de esta resolución, formándose la Sección Quinta.

3. Convocar Junta de acreedores que, una vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, se señala para el día 19 de febrero de 2013 a las 10:30 horas, que tendrá lugar en este Juzgado.

4. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.

5. Poner en conocimiento de los acreedores que aquellos lo deseen pueden adherirse a la/s propuesta/s de convenio que se presenten en los términos previstos en el artículo 115.3 de la LC.

6. Notificar este auto al concursado a la administración concursal y a las partes personadas.

7. Anunciar la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial y se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, caso de su existencia, de forma telemática.

Ciudad Real, 15 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

18-09-2010
67580
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 132/2010-E, por auto de fecha 01/09/2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor la mercantil "Maderas y Chapas Valdepeñas, S.L.", con C.I.F. número B13439609, y domicilio en calle Francia, parcela 48/2, Parque Empresarial Entrecaminos, de Valdepeñas, y, que coincide con el centro de sus principales intereses.

Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 1 de septiembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos