Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Productos Industriales Refractarios Sa

El 08-07-2010, Productos Industriales Refractarios Sa, en PEDROLA (Zaragoza) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZARAGOZA. El número de insolvencia de esta empresa es A50031921. La actividad (principal) de Productos Industriales Refractarios Sa es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Productos Industriales Refractarios Sa
Localidad:
PEDROLA
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A50031921
Número de insolvencia:
A50031921
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
NACIONAL 232 0
50690 PEDROLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-05-2015
A150019907
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

D.ª Carmen Montaner Zueras Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber:

Primero. Que en el procedimiento concursal número 246/10-C se ha dictado el Auto de conclusión por finalización de la liquidación del deudor "Productos Industriales Refractarios, S.A.", C.I.F. A50031921.

Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.

Cuarto. Dirección del Registro Público Concursal donde se insertan las resoluciones objeto de publicidad: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Zaragoza, 5 de mayo de 2015.- La Secretaria Judicial.

27-09-2011
69883
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia:

Que en el concurso 246/10-C, referente al concursado Productos Industriales Refractarios, S.A. con CIF A50031921 y cuyo centro de intereses principales lo tiene en Pedrola (Zaragoza), antigua Carretera Nacional 232, Km 269,500, por auto de fecha 14 de septiembre de 2011, se ha acordado lo siguiente:

Primera.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil Productos Industriales Refractarios, S.A. cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en Boletín Oficial del Estado y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Zaragoza, 14 de septiembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

02-11-2010
78529
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Tomasa Hernández Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Zaragoza, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 246/10, referente al deudor Productos Industriales Refractarios, S.A., se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden se examinados por lo interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, salvo para los notificados personalmente en el procedimiento, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Zaragoza, 8 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.

24-07-2010
57923
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Tomasa Hernández Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza,

Por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 246/10 se ha dictado a instancias de Productos Industriales Refractarios, S.A., en fecha 8 de julio de 2010, auto de declaración de concurso voluntario de Productos Industriales Refractarios, S.A., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Pedrola (Zaragoza), antigua Carretera Nacional 232, Km 269,500.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición, que seguirá ejerciendo el deudor.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de Quince Días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se convocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 8 de julio de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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