El 17-10-2008, Construcciones Aunova Sociedad Limitada., en UBEDA (Jaén) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es B23348816. La actividad (principal) de Construcciones Aunova Sociedad Limitada. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Construcciones Aunova Sociedad Limitada.
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B23348816
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Alzamiento de las limitaciones de administración
- Conclusión del concurso
El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Jaén,
Hace saber:
1º.- Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 248.05/2008, por auto de fecha 15/03/2021 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores del deudor CONSTRUCCIONES AUNOVA, S.L., con C.I.F. n.º B23348816.
2º.- Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración Concursal.
3º.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4º.- Se acuerda la extinción de la sociedad CONSTRUCCIONES AUNOVA, S.L., con C.I.F. n.º B23348816.
Jaén, 5 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanco Buendia.
- Desconvocatoria de Junta de Acreedores
- Cese de los Administradores
- Se deja sin efecto la fase de convenio
- Apertura de la fase de liquidación
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número apertura sección 248.05/2008, referente al concursado Construcciones Aunova, S.L, por auto de fecha 16 de marzo de 2010 se ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 18 de enero de 2010, por no haberse presentado propuesta de convenio ninguna propuesta.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 20 de abril de 2010.
3. Abrir de oficio la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.
4. La suspension de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Jaén, 17 de marzo de 2010.- La Secretaria.
- Auto de declaración de concurso voluntario
1.- La declaración en concurso voluntario de carácter ordinario de la entidad "CONSTRUCCIONES AUNOVA, SOCIEDAD LIMITADA", acumulandose al presente concurso el de la sociedad "UBEDANOVA, SOCIEDAD LIMITADA", no obstante se trata de concursos independientes que se tramitarán coordinadamente, pero elaborándose informes separados en los que consten las masas activa y pasiva de cada uno de ellos y la que pueda corresponder a bienes o acreedores comunes. 2.- El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. 3.- Se nombran ADMINISTRADORES DEL CONCURSO, con las facultades expresadas anteriormente a los siguientes: Al abogado BLAS CUBILLO PINILLA, al economista HIGINIO PATERNA PATERNA, los cuales aceptaron y juraron el cargo con fecha doce de noviembre de dos mil ocho y la entidad acreedora "AM SYSTEM, SOCIEDAD LIMITADA", que designa en su representación a RAFAEL PERALTA ARCO, habiendo jurado y aceptado el cargo con fecha doce de noviembre de dos mil ocho.
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