Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,
En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto con fecha de 19/02/2021 por el que se ha declarado concluso el concurso ordinario 1066/2009 por finalización de la fase liquidación de URBAJA DESARROLLO PROMOCIONAL, S.L., CIF B-13366117.
La misma resolución, que es firme por no poder interponer recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Madrid, 26 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
Edicto
Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,
Hago saber:
Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario n.º 1066/09, de la Entidad Urbaja Desarrollo Promocional, S.L.U., en liquidación, representada por el Procurador D. Pablo Domínguez Maestro, en el que recayó Auto de fecha 20/09/2013, por el que se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal y la apertura de la fase de calificación concediéndose el plazo de 10 días, a contar desde la última publicación que se realice de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6.ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable.
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 148.2 de la Ley Concursal, expido el presente en el lugar y fecha expresados.
Madrid, 23 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
La Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, doña M.C. Sanz, anuncia:
Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid se siguen los siguientes concursos voluntarios: 1066/09 de "Urbaja Desarrollo Promocional, S.L."; 1090/09 de "Solventia Corporativa, S.L."; 1091/09 "Grupo de Negocios Alarcos, S.L."; 1094/09 de "Ulmus Activos, S.L."; 1095/09 de "Inversiones en Activos del Noroeste de Castilla-La Mancha, S.L.", y 1096/09 de "Inversiones Petrea, S.L.", en el que han recaído Autos de fecha 21 de enero de 2013, en cuyas partes dispositivas constan los siguientes particulares:
"Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal".
"Se acuerda la apertura de la fase de liquidación".
"Se declara la disolución de la sociedad, cesando en sus funciones los administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal".
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 21 de enero de 2013.- La Secretaria judicial.
Edicto.
La Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, doña M.C. Sanz, anuncia:
Primero.- Que en los procedimientos concursales 1066/09 de Urbaja Desarrollo Promocional, S.L.; 1087/09 de don Ignacio Barco Fernández; 1089/09 de don Antonio Barco Fernández; 1090/09 de Solventia Corporativa, S.L.; 1091/09 Grupo de Negocios Alarcos, S.L.; 1092/09 de Sociedad de Actividades Diversas Inmobiliarias y Agrarias, S.L.; 1093/09 de Lesepa Inversiones, S.L.; 1094/09 de Ulmus Activos, S.L.; 1095/09 de Inversiones en Activos del Noroeste de Castilla La Mancha, S.L.; 1096/09 de Inversiones Petrea, S.L. y 40/10 de Calatrava Agropecuaria, S.L., se han presentado los informes de la administración concursal.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa en formato CD o Pendrive.
Segundo.- Dentro del plazo de diez días para los Concursos Ordinarios (1087/09; 1089/09; 1090/09; 1091/09; 1092/09; 1093/09 y 40/10) y de cinco días para los Concursos Abreviados (1066/09; 1094/09; 1095/09; 1096/09), computados para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la publicación de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
Tercero.- Se hace saber a los interesados que en caso de efectuar una impugnación del Informe presentado por la Administración Concursal, la misma deberá efectuarse con Abogado y Procurador mediante demanda de Incidente Concursal.
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 2 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial.