Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Promociones Y Construcciones Victor Antonio Y Lucas S.L.

El 11-05-2010, Promociones Y Construcciones Victor Antonio Y Lucas S.L., en MIGUELTURRA (Ciudad Real) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13347125. La actividad (principal) de Promociones Y Construcciones Victor Antonio Y Lucas S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promociones Y Construcciones Victor Antonio Y Lucas S.L.
Localidad:
MIGUELTURRA
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B13347125
Número de insolvencia:
B13347125
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DON JOSE MORA 25
13170 MIGUELTURRA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-09-2016
A160065463
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

D.ª Esther Márquez Mejías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Ciudad Real, con competencia en materia mercantil, por el presente, anuncio:

Que en el proceso de concurso voluntario abreviado, seguido en este órgano judicial con el número 1039/2009, a instancia del Procurador D. Carlos Sánchez Serrano, en nombre de PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES VÍCTOR, ANTONIO Y LUCAS, S.L. (PROCOVAL, S.L.), con C.I.F. B-13347125, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 29 de julio de 2016, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con aprobación de las cuentas presentadas por la Administración Concursal, contra el cual no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la Ley Concursal).

Y para que sirva de publicidad en el BOE, a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal, en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la misma Ley, expido el presente.

Ciudad Real, 29 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

28-02-2012
A120011734
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

Que en el concurso abreviado 0001039 /2009, referente al concursado Promociones y Construcciones Víctor, Antonio y Lucas, S.L. (Procoval, S.L.), por auto de fecha 22/02/12, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal del deudor Promociones y Construcciones Víctor, Antonio y Lucas, S.L. (Procoval, S.L.), formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

3.- Se declara disuelta la mercantil concursada, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.- Se acuerda, en su caso, el cese de los Liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, caso de su existencia.

6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

9.- Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2º de la LC). Póngase en conocimiento en el edicto que se publique, que dentro de los 10 días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Ciudad Real, 22 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

03-08-2010
59669
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Ciudad Real, anuncia:

1. Que en el procedimiento de concurso abreviado n.º 1039/2009 referente al deudor Promociones y Construcciones Víctor, Antonio y Lucas, Sociedad Limitada (Procoval, Sociedad Limitada), se ha presentado el Informe de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (Ley Concursal), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil.

3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Ciudad Real, 22 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.

18-05-2010
38099
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento de Consurso abreviado nº 1039/2009-B, por Auto de fecha 11-mayo-2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promociones y Construcciones Víctor, Antonio y Lucas, S.L. (PROCOVAL, S.L.), con C.I.F. Nº B-13347125, con domicilio en calle José Mora, nº 25 de Miguelturra, que coincide con el centro de sus principales intereses.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 11 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial, don Antonio Gutiérrez Cardenete.

Informes
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