Doña MarÃa Jesús Palmero SandÃn, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado Mercantil n.º 7 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 LC,
Anuncia
Que en el procedimiento Concurso Abreviado 967/2009 de la mercantil PROIMFA PROMOCIONES S.A por auto de fecha 09/01/2018 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso |por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa 176 bis 2 y 3 por término de la liquidación conforme al artÃculo 152.2 de la ley concursal.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
Tratándose en este caso de una persona jurÃdica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3.
Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Madrid, 9 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid,
Hago saber:
Que en el concurso número 967/2009 del deudor Proimfa Promociones, S.A., se ha dictado con fecha de 19 de diciembre de 2013, auto de aprobación del Plan de liquidación presentado por la Administración concursal LC.
Que se ha acordado la formación de la sección sexta de calificación del concurso para que dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, pueda personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 19 de diciembre de 2013.- El Secretario.
Doña Virginia Montejo Labrada, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid,
Hago saber: Que con fecha 27 de febrero de 2013 se ha dictado Auto cerrando fase común y abriendo la fase de liquidación de la mercantil Proimfa Promociones, S.A., número de concurso 967/2009.
1.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
2.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales a plazo y la conversión en dinero de las prestaciones de los créditos que tuvieran diferente objeto.
3.- Durante la fase de liquidación quedan suspendidas las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
4.- Se declara el cese de la sociedad concursada y disuelta la sociedad Proimfa Promociones, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- En el informe al que se refiere el artículo 75 o en un escrito que realizará dentro de los quince días siguientes al de notificación de la resolución de apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al juez un plan para la realización de los bienes y unitaria del conjunto de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado o de algunos de ellos.
Madrid, 27 de febrero de 2013.- El secretario.
Doña María del Carmen Fresneda García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal, anuncia:
1º) Que en el procedimiento concursal n.º 967/2009, por auto de fecha 19/04/2010 dictado por el Magistrado Juez, don Santiago Senent Martínez se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Proimfa Promociones y Obras, S.A., con CIF n.º A/83361618 y domicilio en San Sebastián de los Reyes, Madrid, Avda. de los Pirineos, n.º 7, 1.ª planta, puerta 11.
2º) Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración.
3º) Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 58 de la LCo. El plazo para esta comunicación es de un mes a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Se hace constar que los escritos dónde se comunique el crédito se han presentar en Decanato de Madrid, registro de escritos civiles, sito en c/ Capitán Haya, n.º 66, siendo necesario presentar el escrito original junto con dos copias del mismo.
4º) Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LCo).
Madrid, 19 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.