Don Jorge VÃctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 1356/09 voluntario, de la deudora concursada Perfiladores Reunidos, S.L., con CIF B97605620, con domicilio en el PolÃgono Industrial "Ermita del RomanÃ" Nave Industrial 6, calle dels Borja, n.º 8, Sollana (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 7 de enero de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 7 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado voluntario 1356/09, habiéndose dictado en fecha 15 de enero de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Perfiladores Reunidos, S.L., con domicilio en Polígono Industrial «Ermita del Romaní» Nave industrial 6, c/ dels Borja, 8 Sollana (Valencia) y CIF B-97605620, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, tomo 8.209, libro 5.501, folio 65, hoja V-105.916, inscripción 2ª.
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de lo acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 15 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.