D. Esteban Martínez Rovira, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por la presente, hago saber:
Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 763/09 C del procedimiento concursal de K-Mobel y Decoración, S.L. se ha dictado con fecha 22/09/15 auto, en el que se acuerda:
1. La conclusión del presente procedimiento concursal de K-Mobel y Decoración, S.L., con CIF B-57488231, con conclusión y archivo de las actuaciones.
2. Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.
3. La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.
Palma de Mallorca, 22 de septiembre de 2015.- Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 763/09, por auto de 12 de enero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor K Mobel Estilo y Decoración, S.L., con domicilio en Avenida Neptuno, n.º 36, El Toro, Calvia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en esa localidad.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil n.º 2 firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación sufciente de ellos, expresando todos y cada uno de los datos relacionados en el citado artículo 85.2 y acompañando originales o copias autenticadas del Título o de los documentos relativos al crédito y aportando un juego de copias para la administración concursal así como otro mas si se interesare la devolución de los títulos originales.
El plazo para esta comunicación es el de quince dias a contar desde el día siguiente a la ublicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 12 de enero de 2010.- El/La Secretario Judicial.