Edicto
Doña Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en el presente procedimiento concursal número 000847/2009-J de contra: Acteco Productos y Servicios, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal B-03971512, y domicilio en Alcoy, Alicante, partida Riquer Alto, s/n, inscrita en el registro Mercantil de Alicante al tomo 1750 general, folio 204, hoja A-29.496, inscripción 1.ª y Productos Ecológicos del Mediterráneo, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal B-53147757, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es de este tenor literal:
Parte Dispositiva
1º) Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio.
2º) Procédase al formar la sección quinta del concurso.
3º) Se acuerda la tramitación escrita del convenio.
4º) Se fija el día 27 de octubre de 2011 (90 días desde el auto) como fecha límite para la presentación de adhesiones o votos en contra a las distintas propuestas de convenio, que deberán emitirse en forma previstas en el artículo 103.
5º) Se podrán presentar propuestas de convenio por el concursado y los acreedores cuyos créditos superen, conjuntas o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva hasta los 60 días anteriores al vencimiento del plazo previsto en la regla anterior.
Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.
En tanto no se cree el registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita.
Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante este Juzgado en el plazo de 5 días y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3.
A los efectos dichos llévese copia de esta resolución a los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta notificado esta resolución a los que son parte en los mismos.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.
Alicante, 19 de mayo de 2011.- El Secretario.