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Concurso de acreedores Bricolatge I Materials Sociedad Limitada

El 29-07-2009, Bricolatge I Materials Sociedad Limitada, en LA RIERA DE GAIA (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es B43426360. La actividad (principal) de Bricolatge I Materials Sociedad Limitada es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bricolatge I Materials Sociedad Limitada
Localidad:
LA RIERA DE GAIA
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B43426360
Número de insolvencia:
B43426360
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
PONT D'ARMENTERA (KM 1.4) 0
43762 LA RIERA DE GAIA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-07-2014
A140037867
 
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Don Juan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente edicto doy publicidad al Auto de incumplimiento del convenio y apertura de la fase de liquidación del concurso dictado por este Juzgado.

Número de asunto: Concurso n.º 477/09-5.

NIG: 4314842120090196906.

Fecha del auto de liquidación: 09/07/14.

Clase de concurso: Voluntario Abreviado.

Entidad concursada: BRICOLATGE I MATERIALS, S. L., con CIF B43426360, y domicilio en CN 340, km. 1.179, de Torredembarra (Tarragona), representada por la Procuradora doña M.ª Josepa Martínez Bastida.

Tarragona, 9 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

10-11-2011
80808
 
  • Cese de los Administradores
  • Aprobación del convenio
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Juzgado Mercantil 1 de Tarragona

Don Joan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hago saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 477/2009 de concurso de la mercantil Bricolatge I Materials, S.L., se ha dictado en fecha 14/09/11 sentencia aprobando la propuesta de convenio de la mercantil concursada, habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:

"Apruebo, con los efectos previstos en la Ley, el convenio propuesto por Bricolatge I Materials, S.L., con CIF B 43426360, que fue aceptado en la junta de acreedores celebrada el 20 de julio de 2011.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor. En consecuencia, se decreta el cese de los administradores concursales, sin perjuicio de lo previsto en capítulo II del título IV de la Ley Concursal, y para la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Requiérase a los miembros integrantes de la administración concursal a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este juzgado en un plazo de veinte días a partir de la notificación de la presente resolución.

Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, conforme al art. 138 LC, a partir de la fecha de esta sentencia, informe al juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona, para constancia del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese del administrador concursal y de la aprobación del convenio, e igualmente expídanse mandamientos a los Registros de la Propiedad donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor y en los que se anotó preventivamente en el folio correspondiente a cada uno de ellos la intervención o, en su caso, la suspensión de sus facultades de administración y disposición, con expresión de la fecha de esta sentencia y del convenio aprobado.

Ordeno la formación de la sección 6.ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso, en la que será parte la administración concursal, advirtiendo a los interesados de que disponen de un plazo de diez días desde la publicación de la presente sentencia en el Boletín Oficial de Estado para personarse y ser parte en la sección sexta y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Tarragona; que habrá de presentarse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin el cual no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto.

La consignación deberá acreditarse en el momento de la preparación del recurso.

Están exentos de constituir el depósito los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de los mismos.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 14 de septiembre de 2011.- El Secretario judicial.

05-08-2009
59760
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 477/2009, se ha dictado en fecha 29/7/2009 auto de declaración de concurso voluntario de Bricolatge i Materials, S.L., con CIF n.º B43426360, y domicilio social en Ctra. Nacional 340, km. 1.179, Torredembarra (Tarragona), representada por la procuradora M.ª Josepa Martínez Bastida y defendida por el Letrado don Luis Salas de Córdoba, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal formada por doña Meritxell Escudé Bru y don Xavier Doménech i Orti la existencia de sus créditos.

Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 29 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.

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