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Concurso de acreedores Martinsa-Fadesa, Sa

El 24-07-2008, Martinsa-Fadesa, Sa, en A CORUÑA (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es A80163587. La actividad (principal) de Martinsa-Fadesa, Sa es construcción de edificios.
Se ha abierto la fase de liquidación.
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Fecha
Título
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Martinsa-Fadesa, Sa
Localidad:
A CORUÑA
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A80163587
Número de insolvencia:
A80163587
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ALCALDE ALFONSO MOLINA 0
15008 A CORUÑA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-07-2020
A200028893
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA (pieza 188/50) en el que se ha dictado con fecha 6 de febrero de 2020, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora Martinsa-Fadesa, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

Dispongo:

1. Autorizar el acuerdo alcanzado con la familia Velasco Sanz integrada por D. Lorena, D. José Luis, D. Jesús Augusto, D. Antonio, D. Nuria del Rosario, D. Belén Marta, D. Miriam Velasco Sanz y la mercantil LAESA 5 SL, acreedores con privilegio especial, con la dación en pago del inmueble que se detallará a continuación, propiedad de la sociedad concursada "MARTINSA FADESA, S.A.": 100% de la finca n.º 15.591 (P-926) del Registro de la Propiedad N.º 2 de Navalcarnero, un 0,76743% de la finca n.º 15.592 (P-927) del Registro de la Propiedad N.º 2 de Navalcarnero, 100% de la finca n.º 15.616 (P-1040) del Registro de la Propiedad N.º 2 de Navalcarnero y un 27,89% de la finca n.º 15.663 (P-1087) del Registro de la Propiedad N.º 2 de Navalcarnero.

2. La dación en pago se autoriza en los términos detallados en el escrito presentado por la administración concursal registrado en este Juzgado en fecha de 14 de noviembre de 2.019. La formalización se realizará, bien de forma directa, o bien por persona expresamente designada por cada uno de los acreedores con privilegio especial con la cancelación de la totalidad de crédito asociado a su favor a todos ellos, de conformidad con lo establecido en el art 155 de la LC y, conjuntamente, se acuerda la cancelación de las facultades resolutorias registrales establecidas a favor de D. Lorena, D. José Luis, D. Jesús Augusto, D. Antonio, D. Nuria del Rosario, D. Belén Marta, D. Miriam Velasco Sanz y la mercantil LAESA 5, S.L. sobre las fincas registrales n.º 15.590, n.º 15.591, n.º 15.592, n.º 15.616 y 15.663 del Registro de la Propiedad N.º 2 de Navalcarnero, habiendo de librar, a tal efecto, mandamiento por duplicado al referido Registro de la Propiedad por la íntegra satisfacción del crédito con privilegio especial reconocida en la lista de acreedores a la familia Velasco Sanz.

3. Los adquirentes asumen todos los gastos notariales, registrales, así como los tributos de la operación, incluido el impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana, IBI´s, y cuotas de comunidad que se encuentren pendientes a fecha de adquisición, así como el impuesto sobre el incremento del valor de los bienes de naturaleza urbana (plusvalía).

4. Esta autorización y sus condiciones (contenidas en el escrito de la administración concursal registrado en este Juzgado en fecha de 14 de noviembre de 2.019) se anunciarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, - sin perjuicio de cualquier otro medio que la Administración Concursal, en su caso, considere necesario- por si dentro de los diez días hábiles siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor; si así fuere, se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar.

Notifíquese la presente resolución haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de reposición sin efectos suspensivos ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles previa constitución del depósito legalmente exigido y previo pago de las tasas que en su caso resulten legalmente exigidas.

Y para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se expide el presente.

A Coruña, 3 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

09-03-2020
A200012803
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil nº 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 7 de febrero de 2020, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora Martinsa-Fadesa, S.A., con A-80163587, con domicilio en calle Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

Autorizar a la administración concursal de la sociedad en concurso Martinsa Fadesa, S.A., para proceder a la venta con cargo al crédito concursal con privilegio especial reconocido a favor del Banco Santander, S.A., bien de forma directa o bien por tercero expresamente designado por la entidad de crédito al efecto, de la finca registral 13496 del Registro de la Propiedad de Pontedeume por un importe de 33.199,82 euros, coincidente con la valoración actual de mercado, en las condiciones descritas en el apartado cuarto y quinto de la solicitud adjuntada a autos.

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 13 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

19-11-2019
A190065520
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xdo. do Mercantil N.º1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario número 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 12 de noviembre de 2019, Auto de autorización de transmisión, del proceso concursal de la entidad mercantil deudora Martinsa-Fadesa, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

Autorizar la transmisión a BANCO SANTANDER, S.A., o transmisión a tercero que éste designe, de las fincas registrales n.º 5135, 5136, 5137, 5138, 5139, 5140, 5141, 5142, 5143, 5144, 5145, 5146, 5147, 5148, 5149, 5150, 5151 y 5152 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Burgos y sitas en Buniel, de la finca 21210 del Registro de la Propiedad de Ayamonte y de las fincas 14072, 14079, 14194 y 14195 del Registro de la Propiedad de Pontedeume en los términos interesados.

Finca RegistralRegistro de la PropiedadDeuda Reconocida en Textos Definitivos (Total)Precio mínimo Lote/Precio adjudicaciónValor de tasaciónRenuncia Banco Santander
5144; 5145;5146;5147;5148;5149;5150;5151;5152;5135;5136;5137;5138;5139;5140;5141;5142;5143Burgos n.º 2722.285,85 €130.500 €131.916,78 €- 1.416,78 €
21210Ayamonte n.º 1109.460,58 €108.290,42 €92.863,86 €No hay renuncia
14072Pontedeume n.º 1101.946,59 €95.741,87 €77.290,00 €No hay renuncia
14079Pontedeume n.º 169.091,11 €66.637,17 €60.700,00 €No hay renuncia
14195Pontedeume n.º 1180.214,89 €148.720 €187.200,00 €- 38.480,00 €
14194Pontedeume n.º 1180.885,39 €145.600 €187.200,00 €- 41.500,00 €

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 13 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

08-11-2019
A190062157
 

Edicto

Doña Encarnación Mercedes Tubio Lariño, Letrada de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil nº 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 2 de septiembre de 2019, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora Martinsa-Fadesa, S.A., con A-80163587 y domicilio en calle Alfonso Molina s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales que se dirán por el precio indicado en la oferta recibida y aceptada, que se indica a continuación:

Referencia HipogesTipoDirecciónCiudadFincaOferta
ZIRE-65002ResidencialUr/ Sitio de Calahonda Nº 2 Fase Parc. 16Mijas (Málaga)8524092.500 € más gastos e impuestos
ZIRE-65003ResidencialUr/ Sitio de Calahonda Nº 3 Fase Parc. 16Mijas (Málaga)8531292.500 € más gastos e impuestos
ZIRE-65004ResidencialUr/ Sitio de Calahonda Nº 3 Fase Parc. 16Mijas (Málaga)8531492.500 € más gastos e impuestos
ZIRE-65001ResidencialUr/ Sitio de Calahonda Nº 3 Fase Parc. 16Mijas (Málaga)8533292.500 € más gastos e impuestos
Total370.000 € más gastos e impuestos

Los adquirentes han de asumir también gastos e impuestos.

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca.

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 25 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Encarnación Mercedes Tubio Lariño.

30-10-2019
A190060122
 

Edicto

Dª. Encarnación Mercedes Tubio Lariño, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 02 de septiembre de 2019, Auto de autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora Martinsa-Fadesa, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"....Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas 13550 y 14236 del Registro de la Propiedad de Pontedeume, por los precios indicados en las ofertas recibidas y admitidas de los activos afectos a privilegio especial del Lote 15 con carga hipotecaria a favor de Banco Santander y que se indican a continuación

ActivoFinca RegistralRegistro de la PropiedadDeuda Reconocida en Textos Definitivos (Total)Precio Oferta L15PEValor de tasación
PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.913550Pontedeume nº 167.569,00 €43.980,00 €32.576,15 €
VIVIENDA Manzana: VH-4 Letra/Núm: 17/A214236Pontedeume nº 1124.678,00 €118.500,00 €118.126,58 €

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca....."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 30 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Encarnación Mercedes Tubio Lariño.

30-10-2019
A190060127
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 02 de septiembre de 2019, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora Martinsa-Fadesa, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, A Coruña, se ha acordado lo siguiente:

... "Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales 4341 y 3945 del Registro de la Propiedad nº 2 de Burgos por el precio global de 36.105 euros, en las condiciones expuestas en la solicitud presentada.

Firme la presente resolución, procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días, desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC)..."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 20 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

06-06-2019
A190033523
 

Edicto.

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N.1 de A Coruña, por el presente,

hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 9 de mayo de 2019, Auto de autorización de dación en pago del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en c/ Alfonso Molina, s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de SOL DE AGUILAS, S.L. sobre las fincas que se dirán a continuación, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido y, adjudicado cada bien, de cargas y las facultades resolutorias establecidas a su favor.

Finca RegistralRegistro de la PropiedadMunicipio
18411Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
33426Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
37530Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41921Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
45866Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
40924Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41721Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41723Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41699Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41717Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41701Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41705Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41703Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41709Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41711Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41713Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41715Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41719Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
41707Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
42297Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)
42295Registro de la Propiedad de ÁguilasÁguilas (Murcia)

Procédase a anunciar, esta autorización, de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad, que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando, que si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 29 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

05-06-2019
A190033315
 
  • Rectificatie
 

Edicto.

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil, n.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 25 de abril de 2019, Auto que rectifica el error padecido en la redacción del Auto de fecha 21 de diciembre de 2018, del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en c/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"En el sentido de que donde dice: Autorizar la dación en pago a favor de la sociedad VALSERRANEW, S.L. sobre el 100% de la finca registral 15.589, el 27,15% de la finca 15.588, el 8,68% de la finca 15.590 y el 3,42% de la finca 16.206 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 3.514.810,20 euros y, adjudicados los bienes, de las facultades resolutorias establecidas a favor de VALSERRANEW, S.L. sobre las fincas 15.588, 15.589 y 15.588 del Registro de la Propiedad nº 2 de Navalcarnero.

Debe decir: Autorizar la dación en pago a favor de la sociedad VALSERRANEW, S.L. sobre el 100% de la finca registral 15.589, el 27,15% de la finca 15.588, el 8,68% de la finca 15.590 y el 3,42% de la finca 16.206 del Registro de la Propiedad nº 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 3.514.810,20 euros y, adjudicados los bienes, de las facultades resolutorias establecidas a favor de VALSERRANEW, S.L. sobre las fincas 15.588, 15.589 y 15.590 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Navalcarnero."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 25 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

01-04-2019
A190016531
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el Concurso Voluntario Ordinario número 408/2008-DA, en el que se ha dictado con fecha 21 de diciembre de 2018, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587 y domicilio en calle Alfonso Molina s/n de La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de la sociedad VALSERRANEW, S.L., sobre el 100% de la finca registral 15.589, el 27,15% de la finca 15.588, el 8,68% de la finca 15.590 y el 3,42% de la finca 16.206 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 3.514.810,20 euros y, adjudicados los bienes, de las facultades resolutorias establecidas a favor de VALSERRANEW, S.L., sobre las fincas 15.588, 15.589 y 15.588 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. artículo 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 5 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

01-04-2019
A190016535
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el Concurso Voluntario Ordinario número 408/2008-DA, en el que se ha dictado con fecha 21 de diciembre de 2018, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con NIF A-80163587 y domicilio en calle Alfonso Molina s/n de La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de Ana María, Rafael y Justo Serrano Serrano sobre el 16,59% de la finca registral 15.590 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 579.984,22 euros y, adjudicado el bien, de las facultades resolutorias establecidas a favor de Heliodora Serrano González sobre la finca 15.663 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. artículo 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 5 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

01-04-2019
A190016549
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el Concurso Voluntario Ordinario número 408/2008-DA, en el que se ha dictado con fecha 16 de enero de 2019, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587 y domicilio en calle Alfonso Molina s/n de La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de ACJM PROMOCIONES sobre el 16,65% de la finca registral 15588 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 645.959,94 euros y, adjudicado el bien, de las facultades resolutorias establecidas a su favor sobre la finca 15588 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. artículo 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 4 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

01-04-2019
A190016615
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el Concurso Voluntario Ordinario número 408/2008-DA, en el que se ha dictado con fecha 16 de enero de 2019, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587 y domicilio en calle Alfonso Molina s/n de La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de Felipe José Carlos Serrano Serrano sobre el 53,36% de la finca registral 16.206 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 2.130.876,24 euros y, adjudicado el bien, de las facultades resolutorias establecidas a su favor sobre las fincas 15.663 y 16.206 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. artículo 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 4 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

01-04-2019
A190016622
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el Concurso Voluntario Ordinario número 408/2008-DA, en el que se ha dictado con fecha 16 de enero de 2019, Auto de autorización de acuerdo del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con NIF A-80163587 y domicilio en calle Alfonso Molina s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de INVERSIONES SERRANO PATIER, S.L., sobre el 31,20% de la finca registral 15588 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 1.209.078,87 euros y, adjudicado el bien, de las facultades resolutorias establecidas a su favor sobre la finca 15590 del Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. artículo 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 4 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

11-02-2019
A190006293
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los Autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 21 de diciembre de 2018, Auto de separación y cese del cargo de administrador concursal del proceso concursal de la entidad mercantil deudora Martinsa-Fadesa, S.A., con A-80163587, con domicilio en c/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, y de todas sus filiales Town Planing Consultores, S.L., Fercler, S.L., Jafemafe, S.L.U., e Inmobiliaria Marplus, S.L., a Antonia Magdaleno Carmona, en que se ha acordado lo siguiente:

"1.- Separar y cesar del cargo de administrador concursal del presente concurso y filiales a Antonia Magdaleno Carmona, por los hechos y motivos expresados en la presente resolución.

2.- Requerir a dicha administradora concursal para que al día siguiente de la notificación de la presente resolución proceda a la devolución del documento acreditativo de su condición de administradora concursal que en su día se le entregó (artículo 29.1 de la LC).

3.- Ordenar a dicha administradora concursal para que en el plazo de UN MES proceda a rendir cuentas de su actuación hasta este momento (artículo 38.4 de la LC).

4.- Dar expreso traslado a los auxiliares delegados Beatriz Carbonell Robolleda, Sonia Gimeno Gil, Pelayo Hernández González, Killian Beneyto Pallas y Julián Chamizo Renau para que formulen alegaciones, con plazo de vencimiento el día 7 de enero de 2019, a la solicitud de cese.

5.- Dar la misma publicidad del presente cese que se dio en su día al nombramiento del AC separado, y por el Letrado de la Administración de Justicia se dará conocimiento del contenido del presente Auto al Registro Público Concursal (artículos 37.4, 38.3 y 4 de la LC)."

Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", se expide el presente.

A Coruña, 24 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia.

08-02-2019
A190006479
 

Edicto

Doña Cristina Martínez García, Letrado de la Administración de justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 14 de enero de 2019, Auto de autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de la finca registral siguiente en los términos de la oferta recibida:

FincaActivoPrecio de venta alcanzadoCrédito concursal Reconocido
70982 Registro de la Propiedad de Molina de Segura, en MurciaVivienda Manzana RC1, portal 2, planta segunda, letra A93.338,12€153.295,00€

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 29 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

08-02-2019
A190006500
 

Edicto

D. Cristina Martínez García, Letrado de la Administración de justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 14 de enero de 2019, Auto autoriza transmisión del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la transmisión libre de cargas de las 67.636 acciones de la mercantil RTM DESARROLLOS URBANÍSTICOS Y SOCIALES, S.A., en los términos propuestos por la Administración Concursal en su escrito de 12 de febrero de 2018, y consecuente cancelación de la prenda en su día otorgada así como la cancelación de la prenda.

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez díasS desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 29 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

04-02-2019
A190005113
 

Edicto.

Doña Sandra Rosa Pérez Gómez, Letrada de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 11 de diciembre de 2018, Auto de autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en c/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de la sociedad LORBRA INMOBILIARIA, S.L., sobre el 100% de la finca registral 15.587, el 11,82% de la finca 15.586 y el 72,11% de la finca 15.663 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 1.953.000 euros y, adjudicados los bienes, de las facultades resolutorias establecidas a favor de Severiano Lorente Serrano y/o Lorbra Inmobiliaria, S.L., sobre las fincas 15.586, 15.587 y 15.588 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los DIEZ DÍAS siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 28 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Sandra Rosa Pérez Gómez.

04-02-2019
A190005124
 

Edicto.

Doña Sandra Rosa Pérez Gómez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 11 de diciembre de 2018, Auto de autorización de venta, subsanado por auto de fecha 19 de diciembre de 2018, del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de los hermanos Ángel Carlos Velasco Roiz y José María Velasco Roiz sobre el 25% de la finca registral 15.588 del Registro de la Propiedad nº 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 918.777,14 euros y, adjudicado el bien, de las facultades resolutorias establecidas a favor de Concepción Roiz Díaz sobre la finca 15.588 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los DIEZ DÍAS siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 28 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Sandra Rosa Pérez Gómez.

04-02-2019
A190005126
 

Edicto.

Doña Sandra Rosa Pérez Gómez, Letrada de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 11 de diciembre de 2018, Auto de autorización de dación en pago del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la dación en pago a favor de los herederos de Eugenia Ruibal Sánchez Serrano sobre el 18,51% de la finca registral 16.206 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Navalcarnero, en los términos de la solicitud presentada, con la correlativa cancelación del total del crédito con privilegio especial reconocido por importe de 776.985,07 euros y, adjudicado el bien, de las facultades resolutorias establecidas a favor de Eugenia Ruibal Sánchez Serrano sobre la finca 16.206 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Navalcarnero.

Procédase a anunciar esta autorización de cesión en pago y las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza indicando que si dentro de los DIEZ DÍAS siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 28 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Sandra Rosa Pérez Gómez.

31-12-2018
A180076392
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 14 de noviembre de 2018, Auto de autorización de cesión en pago del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la cesión en pago del crédito concursal con privilegio especial reconocido a favor de a BELCHI, S.A. del cuarenta y cinco por ciento de las fincas 8744, 8746 y 8748 del Registro de la Propiedad n.º 5 de Almería, con cancelación de la totalidad del crédito asociado a su favor, en los términos de la solicitud presentada.

La cancelación de las facultades resolutorias establecidas sobre las referidas fincas que son objeto de transmisión en el porcentaje del acuerdo alcanzado con BELCHI, S.A. y con la mercantil ESPACIA AVANTE, en su condición de copropietario.

Procédase a continuar esta autorización de cesión en pago con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Rectificado por auto de fecha 23.11.2018, en el que se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la cesión en pago del crédito concursal con privilegio especial reconocido a favor de a BELCHI, S.A. del cuarenta por ciento de las fincas 8744, 8746 y 8748 del Registro de la Propiedad n.º 5 de Almería"

Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", se expide el presente.

A Coruña, 12 de diciembre de 2018.- Letrado de Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

08-12-2018
A180072892
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xdo. do Mercantil N.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 14 de noviembre de 2018, Auto de autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las cuotas en proindiviso titularidad de la concursada de las fincas registrales 46323, 46326, 46328, 46332, 46333 y 46335 por el precio indicado en la oferta recibida y aceptada, que se indica a continuación

FincaActivoMunicipioDeuda hipotecaria reconocida en Textos DefinitivosPrecio de venta alcanzado
46323PARCELA Área Centralidad P-7Arganda del Rey685.394 €91.161 €
46326PARCELA Área Centralidad P-9.2Arganda del Rey979.356 €496.801 €
46328PARCELA Área Centralidad P-11Arganda del Rey421.553 €103.620 €
46332PARCELA Área Centralidad P-15.1Arganda del Rey1.083.530 €720.245 €
46333PARCELA Área Centralidad P-15.2Arganda del Rey305.535 €496.052 €
46335PARCELA Área Centralidad P-17Arganda del Rey4.506.970 €1.859.740 €

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 29 de noviembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

29-11-2018
A180070113
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este Órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA (pieza de autorización 188/408/2008/0027) en el que se ha dictado con fecha 2 de noviembre de 2018, Auto de autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en c/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales que se dirán por el precio indicado en la oferta recibida y aceptada, que se indica a continuación

Documento n.º 1: Desglose de precios y gastos estimados

ACTIVOFINCA REGISTRALPRECIO DE LA OFERTAPRIVILEGIO ESPECIAL RECONOCIDO (Principal + Intereses)VALOR DE TASACIÓNRENUNCIA CRÉDITO KRATUSESTIMACIÓN GASTOSESTIMACIÓN PLUSVALÍASTOTAL ESTIMACIÓN GASTOS Y PLUSVALÍA
Vivienda Manzana 9, bloque 1, Letra nº 1, La Oliva2703411.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 1, Letra nº 2, La Oliva2703511.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 1, Letra nº 3, La Oliva2703611.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 1, Letra nº 4, La Oliva2703711.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 1, Letra nº 5, La Oliva2703811.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 2, Letra nº 1, La Oliva2703911.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 2, Letra nº 2, La Oliva2704011.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 2, Letra nº 3, La Oliva2704111.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 2, Letra nº 4, La Oliva2704211.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 2, Letra nº 5, La Oliva2704311.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 3, Letra nº 1, La Oliva2704411.500,00 €111.889,55 €38.189,45 €26.689,45 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 2, Letra nº 2, La Oliva2704511.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 9, bloque 2, Letra nº 3, La Oliva2704611.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 4, Letra nº 1, La Oliva2704711.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 4, Letra nº 2, La Oliva2704811.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 4, Letra nº 3, La Oliva2704911.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 4, Letra nº 4, La Oliva2705011.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 5, Letra nº 1, La Oliva2705111.500,00 €92.132,94 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 5, Letra nº 2, La Oliva2705211.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 5, Letra nº 3, La Oliva2705311.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 5, Letra nº 4, La Oliva2705411.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 6, Letra nº 1, La Oliva2705511.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 6, Letra nº 2, La Oliva2705611.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 6, Letra nº 3, La Oliva2705711.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 6, Letra nº 4, La Oliva2705811.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 10, bloque 6, Letra nº 5, La Oliva2705911.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 7, Letra nº 1, La Oliva2706011.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 7, Letra nº 2, La Oliva2706111.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 7, Letra nº 3, La Oliva2706211.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 7, Letra nº 4, La Oliva2706311.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 8, Letra nº 1, La Oliva2706411.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 8, Letra nº 2, La Oliva2706511.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 8, Letra nº 3, La Oliva2706611.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 8, Letra nº 4, La Oliva2706711.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 9, Letra nº 1, La Oliva2706811.500,00 €93.348,18 €38.189,45 €26.689,45 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 9, Letra nº 2, La Oliva2706911.500,00 €92.132,94 €2.798,09 €

-

8.701,91

248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 9, Letra nº 3, La Oliva2707011.500,00 €92.132,94 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 10, Letra nº 1, La Oliva2707111.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 10, Letra nº 2, La Oliva2707211.500,00 €111.889,55 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 10, Letra nº 3, La Oliva2707311.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 11, bloque 10, Letra nº 4, La Oliva2707411.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 11, Letra nº 1, La Oliva2707511.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 11, Letra nº 2, La Oliva2707611.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 11, Letra nº 3, La Oliva2707711.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 11, Letra nº 4, La Oliva2707811.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 12, Letra nº 1, La Oliva2707911.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 12, Letra nº 2, La Oliva2708011.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 12, Letra nº 3, La Oliva2708111.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 12, Letra nº 4, La Oliva2708211.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 13, Letra nº 1, La Oliva2708311.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 13, Letra nº 2, La Oliva2708411.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 13, Letra nº 3, La Oliva2708511.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 12, bloque 13, Letra nº 4, La Oliva2708611.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 14, Letra nº 1, La Oliva2708711.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 14, Letra nº 2, La Oliva2708811.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 14, Letra nº 3, La Oliva2708911.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 14, Letra nº 4, La Oliva2709011.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 14, Letra nº 5, La Oliva2709111.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 15, Letra nº 1, La Oliva2709211.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 15, Letra nº 2, La Oliva2709311.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 15, Letra nº 3, La Oliva2709411.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 15, Letra nº 4, La Oliva2709511.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 16, Letra nº 1, La Oliva2709611.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 16, Letra nº 2, La Oliva2709711.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 16, Letra nº 3, La Oliva2709811.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 13, bloque 16, Letra nº 4, La Oliva2709911.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 17, Letra nº 1, La Oliva2710011.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 17, Letra nº 2, La Oliva2710111.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 17, Letra nº 3, La Oliva2710211.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 17, Letra nº 4, La Oliva2710311.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 18, Letra nº 1, La Oliva2710411.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 18, Letra nº 2, La Oliva2710511.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 18, Letra nº 3, La Oliva2710611.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 18, Letra nº 4, La Oliva2710711.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 18, Letra nº 5, La Oliva2710811.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.298,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 18, Letra nº 6, La Oliva2710911.500,00 €92.132,94 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 19, Letra nº 1, La Oliva2711011.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 19, Letra nº 2, La Oliva2711111.500,00 €92.132,94 €25.798,09 €14.289,09 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
Vivienda Manzana 14, bloque 19, Letra nº 3, La Oliva2711211.500,00 €93.348,18 €26.270,75 €14.770,75 €248,00 €1.026,00 €1.274,00 €
TOTALES908.500,00 €7.360.193,33 €2.056.847,19 €1.148.347,19 €19.592,00 €81.054,00 €100.646,00 €

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 8 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

26-11-2018
A180070102
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N.1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA (pieza 188/408/2008/31) en el que se ha dictado con fecha 23 de octubre de 2018, Auto de autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales 12811, 12813 y 12815 del Registro de la Propiedad n.º 5 de Murcia, por 3.277.176,17 euros a favor de la mercantil BEYOS Y PONGA, S.A.

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 8 de noviembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

26-07-2018
A180048785
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 10 de julio de 2018, Auto de denegación/autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Denegar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales 46323, 46326, 46328, 46332, 46333 y 46335 en los términos recogidos en la solicitud que ha dado lugar a esta pieza incidental.

Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de la finca registral 46317 por el precio indicado en la oferta recibida y aceptada, que se indica a continuación

FincaActivoMunicipioDeuda Hipotecaria reconocida en Textos DefinitivosPrecio de Venta Alcanzado
46317PARCELA Área Centralidad P-1Arganda del Rey3.767.864 €1.248.293 €

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 23 de julio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

22-02-2018
A180011703
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N. 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 21 de diciembre de 2017, Auto de autorización de venta del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, A Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales por los precios indicados en las ofertas recibidas y aceptadas, que se indican a continuación

Finca registralActivoMunicipioDeuda hipotecaria reconocida en Textos DefinitivosMejora de Precio primer adjudicatario L9PETotal estimación gastos y plusvalía a asumir por el comprador
46319PARCELA Área Centralidad P-3Arganda del Rey8.997.500 €2.092.000,00 €406.210 €
46320PARCELA Área Centralidad P-4Arganda del Rey11.616.678 €2.381.392,13 €392.781 €
46321PARCELA Área Centralidad P-5Arganda del Rey8.955.673 €1.871.000,00 €419.234 €
46324PARCELA Área Centralidad P-8Arganda del Rey11.211.694 €2.280.000,00 €462.932 €
46325PARCELA Área Centralidad P-9.1Arganda del Rey8.270.794 €1.700.000,00 €299.494 €
46327PARCELA Área Centralidad P-10Arganda del Rey9.748.641 €2.009.539,03 €395.664 €
46329PARCELA Área Centralidad P-12Arganda del Rey8.528.290 €2.318.068,84 €415.809 €
46334PARCELA Área Centralidad P-16Arganda del Rey9.586.025 €2.348.000,00 €565.796 €
17.000.000,00 €3.357.920 €

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC)."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 5 de enero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

03-08-2017
A170059127
 

Edicto

Dña. Sandra Rosa Pérez Gómez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 13 de junio de 2017, del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Acuerdo:

Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la transmisión libre de cargas de las 14.175 acciones de la mercantil COMPAÑÍA AGRÍCOLA EL TESORILLO, S.A. en los términos propuestos por la Administración Concursal en su escrito de 24 de enero de 2017, y consecuente cancelación de la prenda en su día otorgada así como el levantamiento de la anotación preventiva del embargo a favor de ROM FLEX, S.L.

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 28 de julio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

08-06-2017
A170044580
 

Edicto.

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 5 de abril de 2017, AUTO DE AUTORIZACIÓN DE CESIÓN EN PAGO A BANCO POPULAR del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en c/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"ACUERDO

Autorizar la cesión en pago a BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., bien de forma directa o bien por persona que la entidad de crédito designe al efecto, en los términos expuestos en los fundamentos de esta resolución.

Las fincas son las que siguen:

FincaActivoMunicipioDeuda hipotecaria reconocida en Textos DefinitivosPrecio de adjudicación=precio de cancelación de hipotecaValor fijado en la tasación actualizada% sobre la Tasación
23.388VIVIENDA Manzana:RAGO-1 Bloque:5 Portal:2 Planta:SEGUNDA Letra/Núm:C\2DAyamonte (Huelva)135.64066.91166.911100%
23.389VIVIENDA Manzana:RAGO-1 Bloque:5 Portal:2 Planta:SEGUNDA Letra/Núm:D\2DAyamonte (Huelva)136.39769.36769.367100%
23.289VIVIENDA Manzana:RAGO-1 Bloque:2 Portal:2 Planta:SEGUNDA Letra/Núm:C\2DAyamonte (Huelva)128.82067.21167.211100%
21.180VIVIENDA Manzana:RMA-1 Bloque:4 Portal:E10 Planta:BAJA Letra/Núm:2\A1Ayamonte (Huelva)134.124116.489116.489100%
20.892VIVIENDA Manzana:RMA-1 Bloque:1 Portal:E1 Planta:BAJA Letra/Núm:1\A1Ayamonte (Huelva)235.94278.06878.068100%
13.536PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 11.3Miño (A Coruña)64.97048.16948.169100%
13.542PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.1Miño (A Coruña)53.06638.65238.652100%
13.551PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.10Miño (A Coruña)59.74538.23138.231100%
13.556PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.15Miño (A Coruña)69.24142.78542.785100%
13.543PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.2Miño (A Coruña)49.52235.37835.378100%
13.547PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.6Miño (A Coruña)77.88642.89642.896100%
13.548PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.7Miño (A Coruña)73.35642.93642.396101%
13.549PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 13.8Miño (A Coruña)62.50538.91538.915100%
13.497PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 5.5Miño (A Coruña)50.85935.76435.764100%
13.505PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 6.4Miño (A Coruña)64.18139.42739.427100%
13.508PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 6.7Miño (A Coruña)66.83239.58839.588100%
13.509PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 6.8Miño (A Coruña)61.20138.06438.064100%
13.523PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 9.2Miño (A Coruña)68.66540.08340.083100%
13.524PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 9.3Miño (A Coruña)77.95142.59842.598100%
13.525PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 9.4Miño (A Coruña)80.06643.17243.172100%
13.526PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 9.5Miño (A Coruña)72.38641.09241.092100%
13.527PARCELA-UNIF. AISLADA Miño Va 9.6Miño (A Coruña)69.31840.26240.262100%
14.075VIVIENDA Manzana:VC-7 Planta:BAJA Letra/Núm:F\1Miño (A Coruña)69.47566.85466.854100%
14.207VIVIENDA Manzana:VH-3 Letra/Núm:12\A1Miño (A Coruña)137.762137.762160.72986%
14.214VIVIENDA Manzana:VH-3 Letra/Núm:19\A1Miño (A Coruña)138.751138.751160.72986%
14.230VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:11\B2Miño (A Coruña)124.108124.108139.75389%
14.229VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:10\A2Miño (A Coruña)125.558125.558139.75390%
14.223VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:4\A2Miño (A Coruña)124.498124.498134.25493%
14.222VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:3\B2Miño (A Coruña)125.948125.948139.75390%
14.221VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:2\A2Miño (A Coruña)124.498124.498139.75389%
14.241VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:22\B2Miño (A Coruña)124.679124.679139.75389%
14.240VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:21\A2Miño (A Coruña)124.679124.679139.75389%
FincaActivoMunicipioDeuda hipotecaria reconocida en Textos DefinitivosPrecio de adjudicación=precio de cancelación de hipotecaValor fijado en la tasación actualizada% sobre la Tasación
14.239VIVIENDA Manzana:VH-4 Letra/Núm:20\B2Miño (A Coruña)124.679124.679139.75389%
14.188VIVIENDA Manzana:VP-14 Letra/Núm:7\C2Miño (A Coruña)187.316187.316206.41591%
14.190VIVIENDA Manzana:VP-14 Letra/Núm:9\C2Miño (A Coruña)179.162179.162206.41587%
14.192VIVIENDA Manzana:VP-14 Letra/Núm:11\C2Miño (A Coruña)179.607179.607206.41587%

Procédase a continuar esta autorización de venta y anunciar la misma en las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 19 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

27-05-2017
A170041072
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 5 de abril de 2017, auto de autorización de venta de fincas en L´Hospitalet, del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n. La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Acuerdo

Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales por los precios indicados en las ofertas recibidas y aceptadas, que se indican a continuación, con la salvedad que el resto del precio hasta alcanzar el valor de mercado no será reconocido en sede concursal.

Finca

Activo

Municipio

Deuda hipotecaria reconocida en Textos Definitivos

Precio de venta alcanzado

Valor de tasación

2590

VIVIENDA Colectiva B 15 P 5 Letra B\A3. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

270.865

156.100

185.828

2578

VIVIENDA Colectiva B 15 P 3 Letra B\A2. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

268.068

154.000

184.619

2635

VIVIENDA Colectiva B 15 P 12 Letra E\A2. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

290.439

167.800

195.044

2623

VIVIENDA Colectiva B 15 P 10 Letra E\A3. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

281.118

165.000

191.465

2593

VIVIENDA Colectiva B 15 P 5 Letra E\A3. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

270.865

159.100

182.632

2608

VIVIENDA Colectiva B 15 P 8 Letra B\A3. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

275.059

161.202

190.779

2477

VIVIENDA Colectiva B 14 P 13 Letra B\A1. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

300.444

172.090

196.111

2471

VIVIENDA Colectiva B 14 P 12 Letra B\A2. Torres Europa

L'Hospitalet (Barcelona)

302.848

175.380

204.941

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 5 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

27-05-2017
A170041074
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 5 de abril de 2017, del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina, s/n, La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la cesión en pago a UNICAJA BANCO, S.A., o transmisión a entidad de su grupo que ésta designe, en los términos expuestos en los fundamentos de esta resolución, respecto de las siguientes fincas

Finca RegistralPrecio Cancelación de HipotecaDeuda Hipotecaria a diciembre de 2015Valor Tasación
8522275.000 €156.032 €96.976,15 €
8524275.000 €157.124 €104.471,90 €
8527075.000 €157.124 €104.471,90 €
8527875.000 €156.032 €96.976,15 €
8528675.000 €166.694 €98.850,09 €
8529692.336 €212.433 €124.148,22 €
8529875.000 €156.473 €99.787,06 €
8530494.421 €217.812 €112.436,13 €
8530675.000 €155.381 €96.039,19 €
8534099.106 €227.747 €110.093,70 €

Procédase a continuar esta autorización de cesión en pago con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 5 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

27-05-2017
A170041081
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 21/04/2017 AUTO DE AUTORIZACION DE VENTA del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"ACUERDO

Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales por los precios indicados en las ofertas recibidas y aceptadas, que se indican a continuación

Finca

Activo

Municipio

Deuda hipotecaria reconocida en Textos Definitivos

Precio mínimo de venta

Precio de venta alcanzado

31271

VIVIENDA Manzana: G Planta: 2 Letra/Núm: I

La Pobla de Vallbona

182.068 €

47.850 €

47.850 €

30671

VIVIENDA Manzana: I-1 Planta: 4 Letra/Núm: III

La Pobla de Vallbona

133.043 €

34.499 €

34.499 €

29370

PARCELA-UNIF. AISLADA Pobla Vallbona M-1

La Pobla de Vallbona

72.619 €

23.161 €

25.100 €

29372

PARCELA-UNIF. AISLADA Pobla Vallbona M-3

La Pobla de Vallbona

77.527 €

24.877 €

26.500 €

29375

PARCELA-UNIF. AISLADA Pobla Vallbona M-6

La Pobla de Vallbona

76.552 €

25.229 €

26.500 €

Procédase a continuar esta autorización de venta con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 21 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

27-05-2017
A170041082
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago sabe:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario ordinario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 6 de abril de 2017, auto de autorización de la adjudicación, del proceso concursal de la entidad mercantil deudora MARTINSA-FADESA, S.A., con A-80163587, con domicilio en C/ Alfonso Molina s/n La Coruña, se ha acordado lo siguiente:

"Autorizar la cesión en pago a favor de D. JUAN CARLOS RUEDA HERRERA, persona designada por KRATUS INVERSIONES DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, en los términos expuestos en los fundamentos de esta resolución, respecto de la siguiente finca.

Finca RegistralPrecio Cancelación de HipotecaDeuda hipotecaria en Textos DefinitivosValor Tasación
14.62937.001,00 €101.910 €40.574,36 €

Procédase a continuar esta autorización de cesión en pago con el anuncio en el BOE de esta autorización de venta para que dentro del plazo de diez días desde su publicación pueda presentarse mejor postor; en tal caso, se procederá a abrir licitación entre todos los oferentes de esa concreta finca (vid. art. 155.4 in fine LC).

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 6 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

08-08-2016
A160058612
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial se tramita el concurso voluntario núm. 408/2008-DA en el que se ha dictado con fecha 15/07/2016 Auto de autorización de venta directa en proceso concursal del deudor Martinsa Fadesa, S.A., CIF número A -80163587, con domicilio en A Coruña, avenida de Alfonso Molina, s/n, en el que se acuerda:

"Autorizar a la Administración Concursal para llevar a efecto la venta directa de las fincas registrales por los precios indicados en las ofertas recibidas y aceptadas, que se indican a continuación

- De la sociedad Martinsa-Fadesa, S.A., las siguientes:

Finca

Activo

Municipio

Oferta recibida

49.139

Plaza Garaje 148, Pl3AreadeCentralidad

Arganda del Rey (Madrid)

9.600

49.017

Vivienda Portal 2 — 5°/At B,P.13 Área de Centralidad

Arganda del Rey (Madrid)

113.263

49.036

Vivienda Portal 3 — 5°/At A,P.13 Área de Centralidad

Arganda del Rey (Madrid)

239.126

49 037

Vivienda Portal 3 — 5°/At B,P.13 Área de Centralidad

Arganda del Rey (Madrid)

114.500

49.073

Vivienda Portal 5 — 7°B, P.13Área de Centralidad

Arganda del Rey (Madrid)

111.020

- De la sociedad Fercler, S.L., las siguientes:

Finca

Activo

Municipio

Oferta recibida

24.718

Vivienda C/ Pegaso, 4, 1 R

Móstoles (Madrid))

150.000

24.758

Vivienda C/ Pegaso, 4, 2 P

Móstoles(Madrid)

150.965

24.778

Vivienda C/ Pegaso, 4, 3 D

Móstoles(Madrid)

150.038

24.802

Vivienda Ci Pegaso, 4, 3 P

Móstoles(Madrid)

154.616

24.806

Vivienda Ci Pegaso, 4 3 R

Móstoles(Madrid)

156.103

24.840

Vivienda C1 Pegaso, 4,4 N

Móstoles(Madrid)

150.000

24.862

Vivienda C/ Pegaso, 4, 5 G

Móstoles(Madrid)

147.001

24.876

Vivienda C/ Pegaso, 4,5 N

Móstoles(Madrid)

144.000

Procédase a continuar esta autorización de venta y anunciar la misma en las condiciones en que ha sido efectuada con la misma publicidad que corresponde a la subasta de las fincas de esta naturaleza (vid.art.155.4, párrafo 3.º LC)."

Y para su publicación en ese Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

A Coruña, 18 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

23-03-2015
A150010807
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de A Coruña, anuncia:

Que en el concurso de MARTINSA-FADESA S.A. (Autos n°. 408/2008), TOWN PLANNING CONSULTORES, S.L. (n.° 409/2008), FERCLER, S.L. (n.° 410/2008), JAFEMAFE, S.L.U. (n.° 411/2008), INOMAR, S.L. (n.° 413/2008) e INMOBILIARIA MARPLUS, S.L. (n.° 414/2008), acumulados, se ha dictado el día 6/03/2015 auto de apertura de la fase de liquidación, cuya parte dispositiva establece, literalmente:

"Dispongo:

1. La apertura de la fase de liquidación en cada uno de los concursos acumulados de las entidades deudoras MARTINSA-FADESA, S.A. (Autos n.º 408/2008), TOWN PLANNING CONSULTORES, S.L. (n.º 409/2008), FERCLER, S.L. (n.° 410/2008), JAFEMAFE, S.L.U. (n.° 411/2008), INOMAR, S.L. (n.° 413/2008) e INMOBILIARIA MARPLUS, S.L. (n.º 414/2008), en virtud de la solicitud de su representación procesal.

2. Durante la fase de liquidación quedan las deudoras suspendidas en el ejercicio de sus facultades de administración y disposición patrimonial, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC en cuanto sean compatibles con la finalidad de la liquidación.

3. Declaro la disolución de las sociedades deudoras MARTINSA-FADESA, S.A., TOWN PLANNING CONSULTORES, S.L., FERCLER, S.L., JAFEMAFE, S.L.U., INOMAR, S.L. e INMOBILIARIA MARPLUS, S.L., y el cese de sus respectivos Administradores societarios que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4. Repongo en el cargo a los Administradores concursales doña Antonia Magdaleno Carmona, abogada, don Ángel Martín Torres en representación de KPMG AUDITORES, S.L., designada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y don Antonio Moreno Rodríguez, en representación de la acreedora BANKINTER S.A.

Los administradores concursales deberán aceptar el cargo en el Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la comunicación que se les practique y acreditar simultáneamente la vigencia y suficiencia de su seguro de responsabilidad civil en los términos del artículo 29 de la Ley Concursal.

5. Inscríbase en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los mandamientos a los Registradores Mercantiles encargados que, además, cuidarán del cumplimiento de lo ordenado en el artículo 323 del Reglamento del Registro Mercantil.

6. En el plazo de quince días hábiles computados desde la aceptación de los Administradores concursales repuestos en el cargo presentarán éstos un plan para la realización de los bienes y derechos de cada una de las masas activas de los deudores concursados, conforme a lo establecido en el artículo 148 de la LC. Si así lo solicitare el plazo será prorrogado por otro igual, conforme a lo establecido en la Ley.

Acompañarán un inventario actualizado de las masas activas de los concursos, tomando como base el anterior y ajustando los valores bajo al nuevo escenario de liquidación, a salvo lo que establece el razonamiento jurídico 4.º de esta resolución.

7. La Administración concursal elaborará en el plazo de tres meses a contar desde la aceptación un listado actualizado de acreedores a partir de la contabilidad de la deudora, y un listado actualizado de créditos contra la masa devengados y pendientes de pago a la fecha de presentación, con informe complementario acerca de los que sean de previsible generación. Ello se entiende sin perjuicio del derecho de los acreedores concursales interesados a pretender la modificación del texto definitivo de la lista de acreedores conforme a lo establecido en el artículo 97 bis de la Ley concursal.

8. Anúnciese la apertura de la liquidación en el BOE, solicitando su publicación urgente y gratuita y, en un diario de ámbito nacional de entre los cinco de mayor difusión, a costa de la masa, además de en el Registro Público Concursal, sección primera, y en el tablón de anuncios del Juzgado.

9. Ordeno la reapertura de la sección de calificación en todos los concursos acumulados a los efectos de determinar las causas del incumplimiento del convenio y las responsabilidades a que hubiere lugar, con incorporación a ella de las actuaciones anteriores y de esta resolución.

El plazo de diez días para que cualquier interesado o persona con interés legítimo pueda personarse en la sección de calificación (artículo 168. 1 LC) se contará a partir de la última de las cuatro publicaciones de este auto que se han sido previamente ordenadas.

Contra este auto cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Cuarta, que podrá interponerse en el plazo de veinte días a contar desde su notificación a las partes personadas, con simultánea constitución del depósito legalmente exigido.

Así lo acuerda, manda y firma Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña; doy fe."

A Coruña, 6 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

11-11-2011
81798
 

Edicto.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución que, en extracto, dice lo siguiente:

Sentencia.

A Coruña, a 4 de julio de dos mil once.

Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, ha visto los presentes autos de incidente concursal Número 1019/2009, sobre acción rescisoria concursal, en el concurso voluntario de Martinsa-Fadesa S.A. n.º 408/2008, promovidos por la administración concursal, contra: 1. Martinsa-Fadesa, S.A. 2. Construcciones Pórtico. 3. Fercler, S.L. 4. Inmobiliaria Marplus, S.A. 5.Inomar, S.L. 6. Jafemafe, S.L. 7. Town Planning Consultores, S.L.U. 8. Fadesa Hungaria ZRT. 9. Fadesa Portugal, S.A. 10. Sf Rive Gauche Groupe Fadesa, S.A. y 11. Eurogalia, S.L.U., representadas por el procurador Javier Carlos Sánchez García y asistidas por los letrados María José Paz-Ares Rodríguez y Rodrigo López González. 12. Femaral, S.L.13. Almarfe, S.L. y 14. Ft Castellana de Consultores Inmobiliarias, S.L.U., representadas por el procurador Carlos González Guerra y asistidas por la letrado Fedra Valencia. 15. Petraxarquia, S.L.,16. Grupo Empresarial de Antequera, S.L. 17. As de Cultivo y Ganado, S.A. y 18. El Romeral de Antequera, S.A. representadas por la procuradora María Pilar Carnota García y asistidas del letrado Eugenio Taifeller Pérez.19.Ahorro Corporación Financiera sv, SA., no personada en autos.20.Caixa d´estalvis i Pensions de Barcelona (la caixa), representada por el procurador Ignacio Pardo de Vera López y asistida del letrado Antonio Baró Casals.21.Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, representada por el procurador Javier Amador Pardo, y asistida de los letrados Jaime Mairata Laviña y Antonio Vázquez-Guillén.22.Morgan Stanley Bank International Limited, representada por el procurador Juan Antonio Garrido Pardo y asistida de los letrados Alberto Núñez-Lagos Burguera y Angel Alonso Hernández.23.Aca Euro Clo 2007-1 plc, no personada en autos.24.Banco de Andalucía SA., representado por la procuradora María Pilar Castro Rey y asistido por los letrados Javier Díaz-Gálvez de la Cámara y Manuela Serrano Sánchez, 25.Banco de Galicia SA., representado por la procuradora María Pilar Castro Rey.26.Banco de Valencia SA., representado por la procuradora Elena Miranda Osset.27.Banco Itaú Europa SA., sucursal financiera exterior, representado por el procurador Juan Antonio Garrido Pardo y asistida de los letrados Alberto Núñez-Lagos Burguera y Angel Alonso Hernández.28.Banco Popular Español SA., representado por la procuradora María Pilar Castro Rey. 29.Banco Popular France SA., no personado en autos.30.Banco Popular Hipotecario SA., representado por la procuradora María Pilar Castro Rey.31.Caixa de Ahorros de Vigo, Ourense e Pontevedra (caixanova), representada por el procurador Carlos González Guerra y asistida de los letrados Jaime Mairata Laviña y Antonio Vázquez-Guillén.32.Caixa d´estalvis de Catalunya, representada por el procurador Luis Fernández Ayala y asistida del letrado Iñigo Villoria.33.Caixa d´estalvis de Sabadell, no personada en autos.34.Caja de Ahorros Municipal de Burgos y 35.Caja de Ahorros de Castilla la Mancha, representadas por el procurador Carlos González Guerra y asistida de los letrados Jaime Mairata Laviña y Antonio Vázquez-Guillén.36.Caja de Ahorros de Galicia, representada por el procurador sr. González Guerra y asistida del letrado Oscar Franco Pujol. 37.Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, no personada en autos.38.Caja de Ahorros del Mediterráneo, representada por el procurador Luis Sánchez González.39.Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Avila, representada por el procurador Carlos González Guerra y asistida del letrado Jesús Gómez Blázquez.40.Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, Cajasur, representada por el procurador Carlos González Guerra y asistida del letrado Fernando Peña Amaro.41.Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Extremadura, representada por el procurador Carlos González Guerra y asistida de los letrados Jaime Mairata Laviña y Antonio Vázquez-Guillén.42.Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja, Ibercaja, representada por el procurador Ramón de Uña Piñeiro y asistida de la letrada María Isabel Andreu.43.Caja de Ahorros y Monte de Piedad del Círculo Católico de Obreros de Burgos, representada por el procurador Carlos González Guerra y asistida de los letrados Jaime Mairata Laviña y Antonio Vázquez-Guillén.44.Caja Insular de Ahorros de Canarias, representada por el procurador Sr. González Guerra y asistida de la letrada Elena Alvarez Rodríguez.45.Citigroup Financial Products Inc, no personada en autos.46.Coltrane Clo Plc, no personada en autos.47.Cormorant Funding Limited 3 bv, no personada en autos.48.Dalradian European Clo i bv, no personada en autos.49.Dalradian European Clo ii bv, no personada en autos.50.Dalradian European Clo iii bv, no personada en autos.51.Dalradian European Clo iv bv, no personada en autos.52.Gillespie Clo Plc, no personada en autos.53.Iron Hill Clo Limited, no personada en autos.54.Jer Europe Fund iii 18 sá rl, hoy 55.Jer Valencia Sarl, representada por el procurador Juan Antonio Garrido Pardo y asistida del letrado Javier Díaz-Gálvez de la Cámara y Manuela Serrano Sánchez. 56.Lehman Comercial Paper Inc Uk Branch, representada por el procurador José Amenedo Martínez. 57.Lightpoint Pan-European Clo 2007-1 plc, no personada en autos.58.Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera-Unicaja, representada por el procurador Carlos González Guerra y asistida de los letrados Jaime Mairata Laviña y Antonio Vázquez-Guillén. 59.Morgan Stanley Investment Management Coniston bv, 60.Morgan Stanley Investment Managemente Mezzano bv, representados por la procuradora Elena Miranda Osset y asistidas de los letrados Javier de Carvajal Cebrián y Jaime de San Román Menéndez.61.Morgan Stanley Senior Funding Inc, representada por el procurador Juan Antonio Garrido Pardo y asistida de los letrados Javier Díaz-Gálvez de la Cámara y Manuela Serrano Sánchez.62.National Westminster Bank Plc, representado por la procuradora Carolina Moreno Vázquez y asistido del letrado Iñigo Villoria Rivera.63.Shinsei Bank, Limited, representado por el procurador Juan Antonio Garrido Pardo y asistido de los letrados Javier Díaz-Gálvez de la Cámara y Manuela Serrano Sánchez.64.The Royal Bank of Scotland Plc, representado por la procuradora Carolina Moreno Vázquez y asistido del letrado Iñigo Villoria Rivera.65. Matlin Patterson global opportunities partner III Lp y 66.Matlin Patterson global opportunities partners (cayman) III Lp, representados por el procurador José Lado Fernández.67.Banco Popular Español-Hypovereinsbank (hvb), no personado en autos.

Así mismo, como coadyuvantes de la administración concursal demandante y representados por la procuradora Bibiana Flores Rodríguez, bajo la dirección letrada de Carlos García-Nieto Videgain, se personaron: Bernadette Mc Keague, Domingo Piera de Mercedes, Rom Flex, Suárez Llorente Iván, Miguel Ángel Ponce Lorente, Navazo Barbero David Rubén, del Rey Fernández Mª del Pilar Adela, Sofia RCE Construcciones SL, David Sotes Maya, Edificamos el Mundo S.L. Vizcarro Ginovart, Gisbert Rodríguez Jesús Antonio. Igualmente se personó en los autos el procurador Sr. Estévez Doamo en representación de Grupo Andamiajes, Losas y Armaduras S.A. (Galasa).

Fallo.

Que estimo en parte la demanda incidental promovida por la administración concursal contra los demandados a que se refiere el encabezamiento de esta sentencia y en consecuencia:

a) Declaro la rescisión y consiguiente ineficacia de todas las garantías reales, pignoraticias o hipotecarias, constituidas por Martinsa Fadesa S.A. en cumplimiento de las obligaciones contraídas en el "Contrato de Financiación Senior Modificado" de 7 de mayo de 2008 que graven bienes y derechos de su patrimonio, así como la de las obligaciones ordenadas a la constitución futura de garantías de esta naturaleza sobre bienes o derechos de su patrimonio.

b) Condeno a las demandadas, salvo a las que previamente o en el curso del proceso han renunciado a las garantías reales objeto de la rescisión, a estar y pasar por la anterior declaración.

c) Firme esta sentencia expídanse los oficios y mandamientos de cancelación que, en su caso, sea necesario emitir para hacer efectivo el pronunciamiento rescisorio.

d) Desestimo los demás pedimentos de la demanda, de los que absuelvo a los demandados, y no hago especial imposición de las costas de este incidente a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Cuarta, que deberá prepararse por escrito presentado en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación, con simultánea constitución del depósito legalmente exigido.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Se extiende la presente para que sirva de notificación.

A Coruña, 2 de septiembre de 2011.- El Secretario.

16-07-2009
54854
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, anuncia:

Que en el procedimiento número 104/2009, en fecha 19 de junio de 2009, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Don Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña, ha visto los presentes autos de incidente concursal número 104/2009, sobre impugnación de inventario/lista de acreedores, en el concurso voluntario de Martinsa-Fadesa, S.A. n.º 408/2008 promovidos por la entidad concursada, representada por el Procurador don Javier Carlos Sánchez García y asistida del Letado doña Irene Arévalo González, contra SOCIEDADE GESTORA DE PARTICIPAÇOES SOCIAIS, S.A. (COMITUR), no personada en el incidente, y contra la administración concursal, en los que ha recaído la presente resolución con base en los siguientes,

Fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda incidental promovida por Martinsa-Fadesa, S.A., representada por el Procurador don Javier Carlos Sánchez García contra COMITUR SOCIEDADE GESTORA DE PARTICIPAÇOES SOCIAIS, S.A., no personada en el incidente, y contra la administración concursal. Impongo a la parte demandante las costas del incidente, si las hubiera.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de las partes a suscitar de nuevo la cuestión en la apelación más próxima, siempre que formulen protesta dentro de los ccinco días siguientes a su notificación. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

A Coruña, 3 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.

24-07-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Anotación preventiva de declaración de concurso voluntario ordinaria e intervención
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