El 05-06-2009, Sdad Coop Comarcal Ganadera De Lerma, en LERMA (Burgos) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BURGOS. El número de insolvencia de esta empresa es F09004078. La actividad (principal) de Sdad Coop Comarcal Ganadera De Lerma es industria de la alimentación.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Sdad Coop Comarcal Ganadera De Lerma
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
F09004078
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
Edicto
Don César Ortiz Villamor, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Burgos, por el presente, hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 454/2009 y número de identificación general 09059 42 1 2009 0006470, se ha dictado en fecha 10 de marzo de 2016 auto declarando la conclusión y consiguiente archivo del concurso dirigido contra la mercantil Comarcal Ganadera de Lerma, Sociedad Cooperativa, con Código de Identificación fiscal F 09004078 y domicilio Lerma (Burgos), Carretera Madrid-Irún, sin número.
Segundo.- Igualmente se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 178.3 de la Ley Concursal.
Burgos, 29 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Burgos y Mercantil, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia:
Primero.- Que en el Procedimiento número 454/2009, por Auto de 5 de junio de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Sociedad Cooperativa Comarcal Ganadera de Lerma", con domicilio en Lerma, carretera Madrid-Irún, sin número y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Lerma, (Burgos).
Segundo.- Que el deudor, conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Burgos, 5 de junio de 2009.- La Secretaria Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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