Edicto
El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 338/09, con NIG 4109142M20090000420 por auto de fecha 3 de octubre de 2018 se ha abierto la liquidación a petición del deudor MANUEL RUIZ GARCÍA S.A. por imposibilidad de cumplir con el convenio.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido nuevamente:
D. Jorge Francisco Castro García, con dni 28696039C, domicilio en C/ Recaredo 12, 5ª Planta, Módulo D, 41003 Sevilla. Teléfono 954869082.
Profesión: Auditor de cuentas y Abogado.
Dirección de correo electrónico: jfcastro@j-casesores.es
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Hágase saber al organismo gestor del BOE que el edicto acordado deberá publicarse gratuitamente, por tener la resolución acordada equivalente significado y valor al auto de declaración de concurso.
Sevilla, 16 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
Edicto
1º.- Que en el procedimiento número 338/2009, Juzgado Mercantil 1 de Sevilla, por Auto de 5 DE MAYO DE 2009, se ha declarado en concurso VOLUNTARIO ABREVIADO al deudor MANUEL RUIZ GARCÍA, S.A., con C.I.F. A- 41138595 y domicilio en CL. BALDOMERO MUÑOZ, Nº 77. UMBRETE (SEVILLA).
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Sevilla, 26 de mayo de 2009.- Secretaria Judicial Mercantil.