Edicto
D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se siguen antos de Concurso Abreviado Voluntario 000188/2009, de la deudora concursada M.A.R. Marvial, S.L., con CIF núm. B96769062, con domicilio en la calle José María Orts, 15, bajo, Benimodo (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 29 de enero de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC).
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 28 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado Voluntario 188/2009, habiéndose dictado en fecha 12 de mayo de 2009 por el Ilm. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de M.A.R. Marvial, S.L. Promociones Tislar, S.L. y L.M.B. Construcciones Lomar, S.L. con domicilio en Calle José Mª Orts, 15 bajo, Benimodo (Valencia) Polígono Industrial La Creu, C/ Gutiérrez Mellado nº 19, L' Alcudia (Valencia) y Calle José Mª Orts, 17, Benimodo (Valencia) y CIF Nº B-96.769.062, B-96.366.505 Y B-96.654.207, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia.
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la admisnistración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones acordadas en el B.O.E. y en el Diario Levante "El Mercantil Valenciano", puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 13 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.