Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Jlt Urbanizaciones Y Suministros S.L.

El 30-05-2008, Jlt Urbanizaciones Y Suministros S.L., en ALICANTE (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B03955218. La actividad (principal) de Jlt Urbanizaciones Y Suministros S.L. es construcción de edificios.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Jlt Urbanizaciones Y Suministros S.L.
Localidad:
ALICANTE
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B03955218
Número de insolvencia:
B03955218
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SARGO 9
03540 ALICANTE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-11-2014
A140054532
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
 

Edicto

Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000280/2008 - K sobre declaración de concurso de la mercantil JLT URBANIZACIONES Y SUMINISTROS, S.L., con C.I.F. número B-03955218, se ha dictado auto de fecha 17-10-14, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3. Expedir oficio al Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.

4. Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.

Alicante, 17 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

29-05-2009
41169
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

D.ª Pilar Solanot García, Secretario Judicial con destino en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber, que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc.Concursal Abreviado - 000280/2008-D, de la mercantil Jlt Urbanizaciones y Suministros S.L C.I.F número B-03955218 y domicilio social en Alicante, C/ Sargo 9, local 25-26 en los que se ha dictado con esta fecha, Auto, cuya parte dispositiva contiene los particulares siguientes:

1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art.168 LC).

Alicante, 18 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.

30-05-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Auto de declaración de concurso voluntario abreviado, de fecha 30 de mayo de 2.008, Procedimiento Concursal 280/2008. Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos