Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 221/2009 en el que figura como concursado LEMBER, S.A., se ha dictado el 1 de julio de 2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora LEMBER, S.A.
Dicho Auto es firme y no cabe contra el mismo recurso alguno.
Bilbao, 1 de julio de 2014.- La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 221/09, por auto de fecha 8 de mayo de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Lember, S.A." y "Grafman S.A.", con NIF A-48092944 y A-48152003, con domicilio en polígono "El Campillo", naves A-2 A-4, Gallarta (Bizkaia), y calle Polígono Industrial El Campillo, número pabellón A-6, 48500 Gallarta (Bizkaia), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo domicilio.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Bilbao (Bizkaia), 8 de mayo de 2009.- El/La Secretario Judicial.