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Concurso de acreedores Nucia Hills Construcciones Sl

El 29-04-2009, Nucia Hills Construcciones Sl, en LA NUCIA (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53303350. La actividad (principal) de Nucia Hills Construcciones Sl es construcción de edificios.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Nucia Hills Construcciones Sl
Localidad:
LA NUCIA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B53303350
Número de insolvencia:
B53303350
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SERRA DEL RECLOT (URB AZAGADOR) 35
03530 LA NUCIA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
01-06-2011
44332
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el Concurso de Acreedores (Voluntario, Abreviado) n.º 363/09-D de la mercantil Nucia Hills Construcciones, S.L. (domiciliada en Urbanización Azagador II, Carrer Serra del Reclot, 35, 03530 La Nucia -Alicante-, C.I.F. n.º 53303350, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2146, Folio 30, Sección 8, Hoja A-49.154), procedimiento, en cuyo seno, con fecha 12-05-2011, se ha dictado Auto Parte Dispositiva es del tenor siguiente:

"1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición de la deudora sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal

5.- Preséntese por el Administrador Concursal, en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los cinco días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la Administración Concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

8.- Notifíquese la presente resolución a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la Administración Concursal.

Entréguense los despachos acordados al procurador Sr. Fernández Arroyo para que cuide de su diligenciado.

9.- Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.3 LC.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 98 LC...".

Y para su conocimiento general y su inserción en el BOE, se expide y firma el presente.

Alicante, 12 de mayo de 2011.- Doy fe. La Secretaria judicial.

05-08-2009
60418
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Dña. Pilar Solanot Garcia, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente Hago Saber: Que en el Concurso de Acreedores N.º 363/2009-D de los seguidos en este Juzgado, de la mercantil Nucia Hills Construcciones, S.L. (domiciliada en Urbanización Azagador II, Carrer Serra del Reclot 35, 03530 La Nucia-Alicante-, C.I.F. N.º 53303350, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2146, Folio 30, Sección 8, Hoja A-49.154), se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 L.C, y se ha dictado Providencia de fecha 21-07-2009, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de Diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el B.O.E, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art.194 y sgs. L.C)

Y para su conocimiento general y su inserción en el BOE, se expide y firma el presente. Doy fe

Alicante, 21 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.

14-05-2009
34493
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita el Concurso de Acreedores (Voluntario,Abreviado) n.º 363/2009-D en cuyo seno, en el día de la fecha, se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a "Nucia Hills Construcciones, S.L" (domiciliada en Urbanización Azagador II, Carrer Serra del Reclot, 35, 03530 La Nucia -Alicante-, C.I.F. n.º B-53303350, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.146, folio 30, sección 8, hoja A-49.154).

Facultades: Se decreta la de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el "BOE".

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 29 de abril de 2009.- La Secretaria Judicial.

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