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Concurso de acreedores terminado Coprohuetor 2001 Sl

El 06-02-2009, Coprohuetor 2001 Sl, en CHURRIANA DE LA VEGA (Granada) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GRANADA. El número de insolvencia de esta empresa es B18570614. La actividad (principal) de Coprohuetor 2001 Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Coprohuetor 2001 Sl
Localidad:
CHURRIANA DE LA VEGA
Provincia:
Granada
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B18570614
Número de insolvencia:
B18570614
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
REYES CATOLICOS, 7 -9 0
18194 CHURRIANA DE LA VEGA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MURCIA 9000
18100 ARMILLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-02-2021
A210005429
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, de Marcas, Patentes y Protección Jurídica del Diseño Industrial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 TRLC.

Anuncia:

Que en el concurso voluntario n.º 466/2008, con NIG 1808742M20080000563 seguido a instancia de COPROHUETOR 2001, S.L., con CIF B18570614, se ha dictado con fecha 22/01/21 auto en cuya parte dispositiva se ha acordado lo siguiente:

Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica COPROHUETOR 2001, S.L., con CIF B-18570614, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Se acuerda la extinción de COPROHUETOR 2001, S.L., con CIF B-18570614. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de COPROHUETOR 2001, S.L., con CIF B-18570614.

Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro Mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno [art. 481 TRLC (177 LC)].

Granada, 26 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.

18-03-2009
16218
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

Primero.- Que en el procedimiento número 466/08, por auto de 6 de febrero de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Coprohuetor 2001, S.L., con domicilio en avenida Reyes Católicos, 7 – Churriana de la Vega (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Granada.

Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner conocimiento de la administración concursal la existencia sus créditos en la forma y con los datos expresados en artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín-Oficial del Estado y en el diario "Ideal" de Granada y en la sección especial de edictos concursales del portal de internet del Registro Mercantil de Granada.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Granada, 6 de febrero de 2009.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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