Don Rafael Sousa Herranz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia:
Que en el procedimiento concursal Concurso Voluntario Abreviado número 167/2009-F del deudor "Corte y Taladro en Metal y Madera, Sociedad Limitada", con C. I. F. B-50091917 y domicilio social en el Burgo de Ebro (Zaragoza), Carretera de Castellón, Km. 12.200, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al tomo 455 general, 101 de la Sección 2ª del Libro de Sociedades, folio 86, hoja número 4.594, inscripción 1, por auto de fecha 21 de Diciembre de 2011 contra el que no cabe recurso alguno, se ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso de la compañía mercantil "Corte y Taladro en Metal y Madera, Sociedad Limitada" y archivar las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
2.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
4.- Declarar la extinción de la mercantil concursada "Corte y Taladro en Metal y Madera, Sociedad Limitada" y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
5.- Dar publicidad por medio de edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Juzgado, y asimismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto se han remitido los oportunos mandamientos.
Zaragoza, 21 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 167/2009 referente al concursado "Corte y Taladro en Metal y Madera, S.L.", por auto de fecha 24 de Junio de 2009 se ha acordado lo siguiente.
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Corte y Taladro en Metal y Madera, S.L.", CIF B-50091917, cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
4. Formar la sección sexta de calificación del concurso, en la que podrán personarse como parte cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", para alegar por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Zaragoza, 24 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 167/2009 referente al deudor "Corte y Taladro en Metal y Madera, Sociedad Limitada", se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados, que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Zaragoza, 14 de mayo de 2009.- La Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Zaragoza, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 167/09, por auto de 20 de febrero de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor, Corte y Taladro en Metal y Madera, Sociedad Limitada, con domicilio en Carretera de Castellón kilómetro 12,200, El Burgo de Ebro (Zaragoza) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zaragoza.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos "El Heraldo de Aragón" o "El Periódico de Aragón".
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Zaragoza, 20 de febrero de 2009.- La Secretario Judicial.