Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Carpinteria Monclus Sl

El 08-10-2008, Carpinteria Monclus Sl, en BALLOBAR (Huesca) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de HUESCA. El número de insolvencia de esta empresa es B22199475. La actividad (principal) de Carpinteria Monclus Sl es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Carpinteria Monclus Sl
Localidad:
BALLOBAR
Provincia:
Huesca
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B22199475
Número de insolvencia:
B22199475
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FRAGA 30
22234 BALLOBAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-02-2016
A160001761
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial de Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción y Mercantil n.º 3 de Huesca, por el presente, hago saber:

En este órgano judicial se tramita Sección I declaración concurso 458/08, seguido a instancias de Carpintería Monclús con CIF núm. B-22199475, con domicilio en la c/ Fraga, núm. 30 de Ballobar (Huesca), en la que por resolución de 15 de enero de 2016 se ha acordado:

1. La conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones por haberse puesto fin a la insolvencia en aplicación del art. 176.1.4º.

2. Se aprueba la rendición de cuentas.

Huesca, 15 de enero de 2016.- Secretario Judicial.

24-09-2013
A130050968
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

E d i c t o

Don Luís Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Jdo. de 1.ª Inst. e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca.

A n u n c i a

1.º Que en la Sección V liquidación 458/08 referente al concursado Carpintería Monclús, S.L., con fecha 2 de septiembre de 2013 se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación presentado por la Administración concursal.

2.º Dicha resolución ha acordado la formación de la Sección Sexta del concurso para la calificación del mismo.

3.º Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Huesca, 11 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

03-05-2013
A130021524
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y Mercantil número 3 de Huesca, anuncia:

1. Que en la sección V declaración de concurso 458/08, referente al deudor Carpintería Monclús, S.L. se ha presentado informe de la administración concursal, al que se refiere el artículo 180 de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos del concursado, lista de acreedores concursales actualizada y relación de créditos contra la masa.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Huesca, 22 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

22-03-2013
A130013279
 
  • Plan de liquidación
 

Edicto

Don Luís Francisco Bernal Martín, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca,

Anuncia

1.-Que en la Sección V Liquidación 458/2008 referente al concursado Carpintería Monclús, S.L.,se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el día 27 de febrero de 2013, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la Administración concursal.

2.-El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan, formular observaciones y modificaciones al mismo.

Huesca, 12 de febrero de 2013.- El Secretario judicial.

11-02-2013
A130006196
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto.

Don Luís Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y Mercantil n.º 3 de Huesca, por el presente,

Hago saber: Que en los presentes autos de concurso abreviado 458/2008, referentes al concursado Carpintería Monclús con CIF B-22199475 y domicilio social en calle Fraga n.º 30 de Ballobar (Huesca), por auto de fecha 5 de febrero de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3. Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Huesca, 5 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

04-04-2012
A120018767
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Procedimiento: Concurso abreviado 458/2008.

Edicto.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En Huesca, a 16 de diciembre de 2011-12-19.

SENTENCIA 186/11.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. José Antonio Izuel Gastón los presentes autos del concursado Carpintería Monclús:

Antecedentes de hecho.

Primero.-El mismo auto acordó convocar a junta de acreedores, señalando para dicho acto el día 14 de abril de 2011.

Segundo.-En la junta de acreedores celebrada el día señalado, la propuesta presentada por el concursado Carpintería Monclús, fue aceptada con la siguiente votación: Voto a favor del 59,194% del pasivo ordinario habiendo votado en contra 2,579% del pasivo, siendo el pasivo total 399.894,18 €.

Tercero.-El convenio aceptado por la junta se une a la presente resolución mediante testimonio.

Cuarto.-Han transcurrido diez días desde la celebración de la junta sin que se haya presentado ninguna oposición a la aprobación judicial del convenio.

Fundamentos de Derecho.

Primero.-Dispone el artículo 130 de la LC que, transcurrido el plazo de oposición al convenio aceptado en junta de acreedores -diez días según el artículo 128 de la LC-, sin que hubiera formulado ninguna, el Juez dictará sentencia aprobando el convenio aceptado por la Junta, salvo que procediera rechazarlo de oficio conforme a lo dispuesto en el artículo 131 de la LC.

Seguno.-En el presente caso el convenio ha sido aceptado en la junta de acreedores por mayoría suficiente según lo dispuesto en los artículos 124 y 125, ambos de la LC, y no se aprecia se hayan infringido las normas que la propia LC establece sobre el contenido de los convenios o sobre el contenido y forma de las adhesiones ni sobre la celebración o constitución de la Junta.

Por lo expuesto procede la aprobación judicial del convenio reseñado en los antecedentes dando a su aprobación la publicidad dispuesta en el artículo 132 de la LC, es decir la de los artículos 23 y 24 de la LC.

FALLO.

1. Aprobar judicialmente el convenio propuesto por el concursado Carpintería Monclús, que se une como testimonio a la presente resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136, todos de la LC.

2. Notificar la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

3. Publicar la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de anuncios de la oficina judicial.

4. Librar los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la setencia.

MODO DE IMPUGNACION: Recurso de apelación en el plazo de cinco días, desde la notificación de esta resolución, ante este tribunal, en virtud de lo establecido en el artículo 197 de la LC.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en lal cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de este expediente Datos de Órgano Judicial indicando, en el campo "concepto" la indicación "Recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación"

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.El/La Juez-Magistrado.

Huesca, 19 de diciembre de 2011.- El/La Secretario/a.

13-03-2009
14178
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción de Huesca, anuncia,

1.- Que en el procedimiento concursal número 458/2008 referente al deudor CARPINTERÍA MONCLUS, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores y posterior escrito de rectificación.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios del Juzgado, Boletín Oficial del Estado, Registro Público de Resoluciones Concursales, sito en el Portal de Internet del Registro Mercantil y en el diario Heraldo de Aragón, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

HUESCA, 15 de enero de 2009.- EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.

08-10-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr. D. MANUEL BONILLA SAURAS en nombre y representación del deudor, CARPINTERIA MONCLUS, S.L. 2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario y abreviado al deudor CARPINTERIA MONCLUS, S.L. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 190. Sin embargo, el plazo señalado a los acreedores para comunicar sus créditos a la administración concursal y los establecidos para la preparación o interposición de recursos serán los comunes de la LC. 3.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. 4.- Se nombra administrador único del concurso a D. CARLOS ALLUE ESPAÑOL, que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la LC. 5.- Llámense a los acreedores del concursado, para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración, del concurso que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, en la Sección de Aragón del periódico Heraldo de Aragon y en el portal de internet para la publicación de resoluciones concursales del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. 6.- Anúnciese la declaración del concurso en los diarios y periódico arriba indicados as¡ como en el Tablón de Anuncios de este Juzgado de lo Mercantil. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Los respectivos oficios se tramitarán por la representación procesal del concursado. 7.- Inscríbase en el Registro Mercantil de Huesca la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre de los administradores. Anótese preventivamente en el Registro de la Propiedad de Fraga y en el de Bienes Muebles de Huesca, en el folio correspondiente a cada uno de los bienes que se indican, lo acordado sobre las facultades de administración y disposición del deudor con expresión de sus fecha y el nombramiento de los administradores. Descripción de los bienes: 1.- RUSTICA.- Terreno sito en término de Ballobar, partida Parralet, conocida como soto Espiso, sobre parte de la cual se halla la siguiente edificación: NAVE INDUSTRIAL. DATOS REGISTRALES; Inscrita en el Registro de la Propiedad de Fraga, al tomo 634, libro 41 de Ballobar, al folio 36, número 4286. 2.- VEHICULO; marca Renault; modelo, Megane; matrícula 5527 GBB, con numero de bastidor VF1BMSE0639343880. 3.- VEHICULO; marca Renault; modelo, Master; matrícula 6116FFD, con número de bastidor VF1FDCMH636261663. 4.- VEHICULO; marca Ford; modelo, Courier; matrícula 0306BCL; con número de bastidor WF05XXBAJ5XY86368 5.- VEHICULO; marca Renault; modelo, Express; matrícula L3304-L. Una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. 8.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. 9.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de la Instancia e Instrucción y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. En el presente caso el deber incumbe a los administradores o liquidadores de la persona jurídica, o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores. LOS ADMINISTRADORES SON: D. JOSE MONCLUS ENRECH, en la actualidad administrador único. 10.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este auto. 11.- Comuníquese al Juzgado de lo Social de Huesca, a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Huesca capital y de todos los partidos judiciales de la provincia de Huesca y especialmente al Juzgado de Fraga la presente declaración de concurso interesando la suspensión de las ejecuciones que se encontraren en tramitación en los órganos citados, anulando, en su caso, las actuaciones practicadas con posterioridad a dicha declaración y comunicando a este Juzgado haberlo verificado, o , en otro caso, exponiendo las razones para no hacerlo. En el oficio remisorio especifíquense, si procede, las ejecuciones que se encuentren en trámite. Notifíquese el auto a las partes personadas.
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