Edicto
Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial, del Juzgado de lo Mercantil 2 de Pontevedra, anuncia:
Que en la Sección V Declaración de Concurso 527/2008-R, referente al concursado Freixoal, SLU, por auto de fecha 3 de julio de 2015, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Freixoal Sociedad Limitada Unipersonal, con CIF B36217867, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 001 del libro 1499 de Sociedades, inscripción 1ª de la Hoja PO-12568, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración Concursal.
Pontevedra, 29 de julio de 2015.- Secretario Judicial.
Don José Tronchoni Albert, Secretario del Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 527/08-R, por auto de 22 de enero de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Freixoal, Sociedad Limitada Unipersonal, con Código de Identificación Fiscal B36217867, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 001 del Libro 1499 de Sociedades, inscripción 1ª de la hoja PO-12568 y con domicilio social en Avenida Ordoñez, 35 bajo, en Goián, 36750 Tomiño.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Le Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico Faro de Vigo.
Cuarto.- Que lo acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Pontevedra, 22 de enero de 2009.- El Secretario Judicial.