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Concurso de acreedores terminado Cano Castro Sl

El 06-02-2009, Cano Castro Sl, en COLUNGA (Asturias) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B74128380. La actividad (principal) de Cano Castro Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cano Castro Sl
Localidad:
COLUNGA
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B74128380
Número de insolvencia:
B74128380
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DOCTOR GRANDE COVIAN 12
33320 COLUNGA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-03-2014
A140011628
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, anuncia:

Que en el Sección V, Liquidación Concurso 000458/2008, referente al concursado Cano Castro, Sociedad Limitada, por Auto de fecha 25 de febrero de 2014, se ha dictado Auto, que es firme, y cuya parte dispositiva dice:

Decido

Declarar la conclusión del concurso 458/2008, en el que figuraba como concursada Cano Castro, Sociedad Limitada, por fin de la fase de liquidación al haberse procedido a la realización de todos los activos de la consursada y al abono de los créditos hasta el importe de su cuantía. Se aprueba igualmente la rendición de cuentas final aportada.

Contra este Auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme si no consta ya haberse verificado en momento anterior.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Así lo manda y firma S.S.ª; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez, El Secretario Judicial,

Publicación: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Diligencia: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Oviedo, 28 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

30-10-2009
78054
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, anuncia:

Que en el procedimiento número 3000458/2008 referente al concursado Cano Castro, Sociedad Limitada, C.I.F.: B-74128380, domicilio en Colunga calle Grande Covián, 12, Código Postal 33320, por auto de fecha 15 de octubre de 2009 ha acordado lo siguiente:

1º.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Cano Castro, Sociedad Limitada.

2º.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3º.- Durante la fase de liquidación se declaran en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4º.- Se declara disuelta la Mercantil Cano Castro, Sociedad Limitada, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5º.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico La Voz de Asturias.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento al Registro Mercantil.

6º.-En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

7º.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso.

Oviedo, 15 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

24-02-2009
10622
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 3000458/2008, por auto de 6 de febrero de 2009 se ha declarado en concurso al deudor Cano Castro, Sociedad Limitada, con CIF número B-74128380 y domicilio en calle Grande Covian, número 12, Colunga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos la Voz de Asturias.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º En dicho auto fue nombrado Administrador don Rafael Abril Manso.

Oviedo, 9 de febrero de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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