Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Aguilar Castilla 2004 Sl

El 29-12-2008, Aguilar Castilla 2004 Sl, en ARGANDA (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B84112028. La actividad (principal) de Aguilar Castilla 2004 Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Aguilar Castilla 2004 Sl
Localidad:
ARGANDA
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B84112028
Número de insolvencia:
B84112028
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RIO MANZANARES 13
28500 ARGANDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-08-2021
BOE-J-2021-75745
 
  • Conclusión del concurso
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 7 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930450

Correo electrónico: mercantil7@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 648/2008

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/05/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Concursada: Aguilar y Castilla 2004, S.L.

C.I.F. B84112028

C.S.V. 1036711521564674500928

Edicto publicado en el Registro Público Concursal.

Se anuncia que en el procedimiento concursal que con el número 648/2008 referido a la mercantil Aguilar y Castilla 2004, S.L. con C.I.F. B84112028 se ha dictado auto de fecha 21.05.2021 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno, ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento.

Asimismo ha acordado la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil correspondiente.

El cese en su cargo del administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas

Madrid, 30 de agosto de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ

07-09-2019
A190048383
 
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

D./Dña. Juan Luis Ramos Mendoza Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, anuncia:

En el procedimiento concursal que con el número 648/2008 referido a la mercantil Aguilar y Castilla 2004, S.L. se ha dictado auto de fecha 02.09.2019 que acuerda:

- Proceder a la reapertura del concurso declarado en su día del deudor Aguilar y Castilla, S.L., limitándose la misma a la fase de liquidación de los bienes y derechos aparecidos con posterioridad.

- La reposición del administrador concursal Enrique Arroyo Montañez en su cargo.

- La reapertura de la hoja registral en la forma prevista en el Reglamento del Registro Mercantil.

Madrid, 2 de septiembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.

19-02-2009
8854
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Dª Elisa Martí Vilache, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 648/2008, por auto de 29/12/08 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Aguilar y Castilla 2004 S.L., con domicilio en Calle Rio Manzanares 13 Arganda del Rey y cuyo centro de principales intereses conincide con su domicilio.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial de Estado y en el/los periódicos a que se refiere el artículo 23 de la L.C.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 14 de enero de 2009.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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