Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Don Manuel Alberto Arias Horas Don Jose Antonio Arias Horas Dona Ana Maria Maroto De Hoyos Don David Gil Crespo Y Don Juan Carlos Corona Ruiz Ute Ley 18/1982 De 26 De Mayo.

El 29-12-2008, Don Manuel Alberto Arias Horas Don Jose Antonio Arias Horas Dona Ana Maria Maroto De Hoyos Don David Gil Crespo Y Don Juan Carlos Corona Ruiz Ute Ley 18/1982 De 26 De Mayo., en LAS MATAS-PINAR-MONTE ROZA (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es U85471381. La actividad (principal) de Don Manuel Alberto Arias Horas Don Jose Antonio Arias Horas Dona Ana Maria Maroto De Hoyos Don David Gil Crespo Y Don Juan Carlos Corona Ruiz Ute Ley 18/1982 De 26 De Mayo. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Don Manuel Alberto Arias Horas Don Jose Antonio Arias Horas Dona Ana Maria Maroto De Hoyos Don David Gil Crespo Y Don Juan Carlos Corona Ruiz Ute Ley 18/1982 De 26 De Mayo.
Localidad:
LAS MATAS-PINAR-MONTE ROZA
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
U85471381
Número de insolvencia:
U85471381
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PERU, 4 - 1 18 0
28290 LAS MATAS-PINAR-MONTE ROZA
Mostrar en tarjeta
-
PZ :
PERU (LAS MATAS OFICINA 18) 4
28016 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-12-2020
A200066063
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Doña Mª Eugenia López-Jacoiste Rico, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid, anuncia:

1.- Que en el Concurso Consecutivo 146/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0200152, por Auto de fecha 18 de diciembre de 2020, se ha declarado en concurso consecutivo, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a don JOSÉ MANUEL SANSALVADOR VICTORIO, con nº de identificación 02.884.095 X, y domiciliado en calle Nicolás Salmerón nº 16, 5º A, Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 257 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es Emiliano Montero García, con domicilio postal en calle Velázquez 27, 1º, Madrid 28001, y dirección electrónica mediacionesconcursales@gmail.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso.

Madrid, 18 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Doña Mª Eugenia López-Jacoiste Rico.

23-11-2020
A200057495
 

Doña Purificación Fernández Suárez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n° 37 de Madrid, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso del procedimiento abreviado nº 559/2020 dictado en este Juzgado:

Fecha del auto de declaración: 10 de septiembre de 2020, aclarado por auto de fecha 15 de septiembre de 2020. Clase de concurso: voluntario consecutivo.

Persona concursada: Don Edgar Antonio Chumbe Bardales y doña Regina Candelaria Cedeño Pinto.

NIF de los concursados: 06629784B y 06590720R.

Domicilio de los concursados: Calle Escosura n° 4, esc. 1 bajo izda 2, 28015.

Administración concursal: Don Alfredo Carlos Villaverde Sanchez-Lafuente.

Dirección Postal: Calle Tritón n° 21 — Bajo derecha, 28043 Madrid.

Dirección electrónica: concursochumbecedeno@yahoo.com

Los concursados conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometidos al ejercicio de estas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores del concursado para que comuniquen al Administrador concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contados a partir de la publicación de esta resolución en el BOE.

Los acreedores ye interesados que deseen comparecer deberán hacerlo mediante por medio de Procurador y asistidos de Abogado.

Se deja sin efecto el edicto nº 257 publicado en el BOE de 28 de septiembre de 2020 y se sustituye por este.

Madrid, 18 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Purificación Fernández Suárez.

11-11-2020
A200054168
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

???La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal 315/2019 referente al concursado don Antonio Folgoso Domínguez y doña Aurora Flores Martín, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 26 de febrero de 2021, a las 10:00 horas en sede judicial.

Segundo.- Se someterán a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la/s propuesta/s de convenio presentados por don Antonio Folgoso Domínguez y doña Aurora Flores Martín.

Dichas propuestas, junto con el escrito de evaluación de la Administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 359 del TRLC.

Tercero.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 363 del TRLC.

Madrid, 27 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Ortega Escandell.

19-10-2020
A200047553
 

Edicto

??Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid,

Anuncia: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento concurso abreviado referido a la concursada Doña María de los Ángeles Jáñez Juan, en el que se ha acordado dar publicidad a la venta de los bienes que a continuación se relacionan:

Finca registral 32.832 del Registro de la Propiedad 26 de Madrid sita en calle Aranjuez, número 25 de Madrid, por importe de 16.100 euros, siendo por cuenta de la concursada todos los gastos para el otorgamiento de la escritura pública de la dación en pago de la finca señalada y su inscripción en el Registro de la Propiedad, al igual que la cancelación de la carga hipotecaria para lo cual, el ofertante debe poner a disposición los efectos cambiarios por los que se constituyeron la referida garantía. Los impuestos serán abonados según ley.

Fincas registral 19.756 del Registro de la Propiedad 26 de Madrid, sita en Avenida Pablo Iglesias, número 35 por importe de 16.500 euros siendo por cuenta de la concursada todos los gastos para el otorgamiento de la escritura pública de la dación en pago de la finca señalada y su inscripción en el Registro de la Propiedad, al igual que la cancelación de la carga hipotecaria para lo cual, el ofertante debe poner a disposición los efectos cambiarios por los que se constituyeron la referida garantía. Los impuestos serán abonados según ley.

El presente edicto se da de conformidad y a los efectos de lo establecido en el art. 155.4 LC., pudiendo presentarse mejores posturas en el plazo de diez días para cada una de las fincas.

Madrid, 29 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Doña Verónica Calvo Moreno.

01-10-2020
A200043793
 
  • Cese de los Administradores
 

La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,

Hace saber:

1.-Que en el concurso consecutivo 1080/2018, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0143601, por auto de fecha 29/11/19, se ha declarado en concurso necesario consecutivo, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Don ANTONIO JUSTINIANO SAAVEDRA, con NIE X-6702201-R, y domiciliado en calle Antonio López, n.º 15, 1.º-A, de Pinto –Madrid-.

2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y siguientes del TR de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.

4.-La identidad de la Administración concursal es Don David García Montoliu, con domicilio postal en calle Poeta Joan Maragall, n.º 23, Bajo –oficinas- de Madrid (28020), y dirección electrónica david_garcia@garciamontoliu.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TR de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.-Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio.

Madrid, 28 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

17-07-2020
A200029996
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Juzgado de lo mercantil Nº 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Consursal (LC),

Anuncia

1º Que en el procedimiento Concurso consecutivo 610/2019 por auto de fecha 26 de junio de 2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso don JUAN MANUEL VALIÑAS VARELA en calidad de Concursado con Número de Identificación Fiscal (personas físicas) 45954409H con domicilio en PASEO CASTELLANA nº 182, 9º. CP 28046 Madrid (Madrid) por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.

2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.

3º Se admite provisionalmente la exoneración del pasivo insatisfecho, extendiéndose dicha exoneración Transcurrido el período de cinco años sin que se hubiese revocado dichaconcesión se podrá solicitar por el deudor la concesión definitiva.

4ª Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.

Madrid, 26 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

10-02-2020
A200006526
 
  • Rectificatie
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Yolanda Peña Jiménez, Letrado Administración Justicia, Juzgado Mercantil 10 Madrid.

Anuncia

Que en el concurso consecutivo número 2092/2019, se dictó auto de fecha de 14 de enero de 2020 de declaración y conclusión del concurso de Don José Manuel Guillén Albacete, con el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecha, en virtud de lo establecido en los artículos 176 bis y 178 bis de la Ley Concursal, si bien, se cometió el error material de consignar un número de DNI erróneo del concursado, siendo el número correcto el 22468801-D.

Madrid, 5 de febrero de 2020.- La Letrado Administración Justicia, Yolanda Peña Jiménez.

18-01-2020
A200001780
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Yolanda Peña Jiménez, Letrado Administración Justicia, Juzgado Mercantil 10 Madrid.

Anuncia

Que en el concurso consecutivo número 2092/2019, se ha dictado auto de fecha de 14 de enero de 2020 de declaración y conclusión del concurso de Don José Manuel Guillén Albacete, con DNI número 22450087-V, con el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecha, en virtud de lo establecido en los artículos 176 bis y 178 bis de la Ley Concursal.

Madrid, 14 de enero de 2020.- La Letrado Administración Justicia, Yolanda Peña Jiménez.

27-12-2019
A190073366
 

Edicto.

Don Luis Felipe Martínez López, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia, n.º 50, de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 7819/2019. Sección: C1.

NIG: 0801942120198257573.

Fecha del auto de declaración: 10 de diciembre de 2019.

Clase de concurso: Consecutivo.

Entidad concursada: Don Rommel José Gil Armas, con 47865126X.

Administradores concursales:Se ha designado como administrador concursal:

Don Pedro Mayor de la Fuente.

Dirección postal: Calle Manuel de Falla 24, atico 2.ª, 08034 - Barcelona Dirección electrónica: pedromayor@economistes.com

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 11 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 17 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Felipe Martínez López.

03-08-2019
A190045041
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

1.º- Que en el procedimiento Concurso consecutivo 999/2018, por Auto de 18 de marzo de 2019 se ha declarado en concurso Voluntario a la deudora doña MARÍA ÁNGELES BARTOLOMÉ JUAN, con domicilio en c/ de La Pueblanueva, n.º 11, CP 28051 Madrid (Madrid).

2.º- Que la deudora ha sido suspendida en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituida por la administración concursal don LORENZO GUTIÉRREZ PUERTOLAS.

3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 26 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Paloma Granell Gruyat.

08-07-2019
A190040331
 

Doña Purificación Fernández Suárez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia N° 37 de Madrid, dicto el presente edicto en el Procedimiento de Concurso 622/2019 al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este juzgado:

Fecha del auto de declaración: 11 de junio de 2019.

Clase de concurso: voluntario abreviado.

Persona concursada: Don Juan Manuel Matos López.

Nif del concursado: 46872736R.

Domicilio de la concursada: Calle Melilla N° 8, escalera 2, 7° d, 28005 Madrid.

Administración Concursal: Don Lorenzo-Manuel Gutiérrez Puértolas.

Dirección postal: Calle Príncipe de Vergara n° 35, bajo izda, Madrid 28001.

Dirección electrónica: lgutierrez@vpadura.com

Régimen de las facultades del concursado: el concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido al ejercicio de éstas ala intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

De conformidad con el articulo 21.1.5º y 85 de la ley Concursal dentro del plazo de un mes a contar desde la publicacion en el BOE los acreedores del concursado comunicaran a la Administración concursal la existencia de sus creditos de conformidad con el articulo 85. Haciéndole saber que se publicarán las resoluciones de este procedimiento en el Registro Publico Concursal en su dirección electrónica.

Madrid, 3 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Purificación Fernández Suárez.

08-10-2018
A180059683
 
  • Plan de liquidación
 

EDICTO

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 89 de Madrid

Anuncia

1.-Que en el procedimiento concursal número 863/2016 referente al concursado don Antonio Yeboho Sabana y doña Regina Bochita Chou se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado en el día de hoy el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la Administración concursal.

2.-El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de Quince Dias, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Madrid, 7 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Lorenzo Lobo Zamora.

22-09-2018
A180056153
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Juzgado de primera instancia e instrucción n.º 6 de Leganés, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal ( LC), anuncia:

1.- Que en el procedimiento concurso Concurso consecutivo 592/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.074.00.2-2017/0006891, por auto de fecha 08/03/2018, se ha declarado en concurso a los deudores DON JOSÉ MARÍA FORTES REINA con DNI: 52095672M y DOÑA SILVIA SERRANO REY con DNI: 52375169Y, y domiciliado en c/Río Guadarrama n.º11, 3.º C de Leganés.

2.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal.

Habiéndose nombrado mediador concursal a DON EMILIANO OCHOA GARCÍA, con domicilio profesional en C/ Fernández de la Hoz n.º 31, 1.º Centro- Izquierda (28010- MADRID).

3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

4.- Que los acreedores y demás interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Abogado y Procurador (artículo 184.3 LC).

leganes, 8 de marzo de 2018.- Letrada de la administración de justicia, Rocio Martín Alcalde García.

19-12-2017
A170090710
 

Doña Maria Magdalena González Sánchez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Arganda del Rey, por el presente, hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 494/2017.

NIG: 28.014.00.2-2017/0005019.

Fecha del auto de declaración: 30/10/2017.

Clase de concurso: Voluntario y Abreviado.

Entidad concursada: Don Ciro Antonio Ruiz Micolta con NIF 49.617.705N y doña Claudia Patricia Medina García, con NIF 49.617.649W, y domiciliados en Campo Real, calle Rivas n.º 5.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Don Jesús Zapatero Gaviria, Mediador Concursal.

Dirección postal: Calle Castelló n.º 82, 4.º izquierda, 28006 Madrid.

Dirección electrónica; jesusz@zapateroysuero.com.

Régimen de las facultades del concursado; Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la oficina judicial, sita en calle El Molino n.º 3, 28500 Arganda del Rey.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar esta Oficina Judicial.

Arganda del Rey, 30 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

23-04-2016
A160017694
 

Edicto.

D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hace saber:

1. Que en el concurso Concurso Abreviado 1002/2015, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2015/0270463, por auto de fecha 8 de abril de 2016, se ha declarado en concurso necesario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a DON JUAN CARLOS RUIZ GONZALEZ Y DOÑA CELIA HERRERO SALAZAR, con DNI 07.214.931-S y 05.263.767-X, respectivamente, y domiciliado en calle Trafalgar, n.º 24, de Madrid.

2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4. La identidad de la Administración concursal es DON JOSÉ MANUEL GREDILLA BASTOS, con domicilio postal en paseo de la Castellana, n.º 130, 7.ª, de Madrid, y dirección electrónica jose.gredilla@crowehorwath.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 8 de abril de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

05-11-2015
A150046658
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña María Dolores Sánchez Franco; Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:

En los autos de referencia (388/12) se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

I.- Debo acordar y acuerdo la conclusión del Concurso Voluntario de doña Yolanda Contreras de Lucas y don Benjamín Serrano, consignado bajo el n.º 388/12, por inexistencia de bienes y derechos en la masa activa con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.

Presentada por la administración concursal rendición de cuentas, la misma será objeto de la oportuna resolución en la pieza separada correspondiente.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniéndose de que contra él mismo no cabe recurso alguno.

Dese cumplimiento al art. 177.3 L.C.; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo, o por los medios a que se refiere el primer párrafo del art. 23.1 de esta Ley, y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el art. 24.

Así lo declaro, mando y firmo en el día de la fecha.

Madrid, 23 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

21-06-2014
A140032522
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal

Anuncia: Que en el incidente concursal 12/13, que dimana del procedimiento concursal que con el número 657/09 se sigue ante este Juzgado referido a la deudora doña María de la Luz Carrasco Domínguez, con fecha 2 de junio de 2014 se ha dictado sentencia cuyo fallo literalmente dice:

Que desestimando la oposición formulada por don Cosme Echanove Camiña y otros, quienes comparecieron representados por la Procuradora señora Zabía de la Mata y asistida del Letrado don Ignacio Diego Carrillo de Albornoz Braojos; contra la concursada doña María Luz Carrasco Domínguez, declarada en concurso en proceso número 657/09, quién compareció representada por la Procuradora señora Marta Isla Gómez y asistida de la Letrada doña Mónica González Martínez; y contra la Administración Concursal del citado deudor concursado; debo acordar la conclusión del concurso por causa del número 3 del artículo 176.1 Ley Concursal en relación con el artículo 176.bis Ley Concursal, solicitada por la Administración Concursal mediante escrito de 13 de septiembre de 2012; sin hacer imposición de las costas.

Y en su virtud:

Primero.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran subsistir, salvo las que pudieran contenerse en la sentencia de calificación, en su caso.

Segundo.- Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Tercero.- Firme la presente resolución, notifíquese por la Administración Concursal la presente a los acreedores, mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el artículo 23.1.1.º Ley Concursal; inscribiendo la misma en el modo señalado en el artículo 24 Ley Concursal; declarando la gratuidad de la inscripción en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.- Se acuerda el cese de la Administración Concursal, integrada por don Fernando Lesmes Sánchez, auditor de cuentas, con número DNI 1.167.532-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Quinto.- Requerir por término de veinte días al Administrador concursal para la rendición final de cuentas, a tramitar por los cauces del artículo 181 Ley Concursal, si no la hubiera presentado ya.

Sexto.- La publicidad de la presente Resolución en el modo dispuesto en los artículos 23 y 24 Ley Concursal, para lo cual se entregarán al Procurador del concursado los mandamientos oportunos a dicho fin.

Madrid, 2 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

11-06-2014
A140030335
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 303/2012 referente al concursado don José Gil-Ortega Verbo y doña Olaya García Vidal se ha convocado Junta de acreedores que se celebrara el día veinticuatro de septiembre de dos mil catorce a las diez horas.

2.- Se someterá/n a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la/s propuesta/s de convenio presentado/s por Olaya García Vidal, José Gil-Ortega Verbo.

Dicha/s propuestas, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la juntas los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 29 de mayo de 2014.- El/la Secretario Judicial.

14-03-2014
A140008344
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Carmen Fresneda García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 603/2009, por auto de 29 de enero de 2014, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario de don Juan José Zabala Anza y el cese de la administración concursal compuesta por don Carlos del Arco Herrero.

2.º Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

Madrid, 29 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

20-11-2013
A130063205
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 365/2011 referente al concursado don Rafael Zacarías Espino Cabrera y doña María Pilar Galán López se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 27 de febrero de 2014 a las 10:30 horas en la sala de vistas de este juzgado.

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L.C.

Madrid, 30 de octubre de 2013.- El/la Secretario Judicial.

25-05-2013
A130025132
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Carmen Fresneda García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 565/09 por auto de 30 de abril de 2013, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario de don Juan Carlos Caisaguano Anchatuna con DNI 02.731.555-Y, así como el cese del Administrador concursal: Don Alejandro Alvargonzález Tremols, Abogado.

2.º Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

Madrid, 30 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

25-05-2013
A130025550
 

Edicto

Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

1.º-Que en el Concurso Voluntario abreviado número 529/2012, por auto de 11 de diciembre de 2012 se ha declarado concurso voluntario de don Carlos Martín Bueno y de doña María del Rosario Royo Liarte, con domicilio en la calle Frigiliana, n.º 2.º A 5.º A de Madrid.

2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don Antonio Cortés Borges, con domicilio en la calle Lagasca, n.º 127, local, CP: 28006 de Madrid o comuníquese por correo electrónico: cortesborgesabogado@hotmail.com

4.-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente.

5.-Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 7 de mayo de 2013.- Secretaria judicial.

30-03-2013
A130013334
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal n.º 323/2010 instado por la Procuradora doña María Dorotea Soriano Cerdo, en nombre y representación de don Antonio Beltrán Ruiz, con DNI: 51928824-E, con fecha 08/03/2013, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es como sigue:

Estimando la petición deducida por la administración concursal, a la que no se ha opuesto ni la concursada ni personados, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de don Antonio Beltrán Ruiz, consignado bajo el n.º 323/2010, que fue declarado por auto de fecha 20/07/2010, por inexistencia de bienes y derechos para satisfacer los créditos contra la masa, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, quedando la deudora responsable del pago de los créditos restantes y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.

Debo acordar y acuerdo el cese en su cargo de la Administración Concursal en su día nombrada, visto que junto con el escrito de solicitud de archivo por carencia de bienes, se acompaña la rendición de cuentas del art. 181, fórmese pieza separada, para darle la tramitación establecida en la ley.

Notifíquese este auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1 LC.

Dése cumplimiento al art. 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Así lo declaro, mando y firmo en el día de la fecha. De lo que yo la Secretaria Judicial, doy fe.

Madrid, 8 de marzo de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

03-11-2012
A120074300
 
  • Cese de los Administradores
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 12 de los de Madrid, en de lo dispuesto en el art. 23 LC, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 128/12 por Auto de 26/10/12 se ha declarado la conclusión del Concurso Voluntario de don José Antonio Ojea, con NIF 10075930-K, con domicilio en Camarma de Esteruelas (Madrid), calle Clavileño,16. 2.º. Se acuerda la Conclusión del Concurso por de bienes y derechos para satisfacer los créditos contra la masa, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, quedando la deudora responsable del pago de los créditos restantes y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos Se acuerda el cese en su cargo de la Administración concursal en su día nombrada.

Aprobándose la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.

Madrid, 26 de octubre de 2012.- Secretaria Judicial.

30-06-2012
A120047054
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

El Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de Madrid anuncia:

1. Se declara, por auto de fecha 18/5/12 dejar sin efecto la Fase de Convenio del procedimiento CNO 422/11 de la concursada doña María de los Angeles de la Riva Zorrilla.

2. Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el dia 4/7/12 a las 10:00 horas de su mañana.

3. Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.

4. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

5. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Madrid, 1 de junio de 2012.- Secretario Judicial.

24-05-2012
A120036723
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal necesario número 657/2009 referente a la deudora doña María de la Luz Carrasco Domínguez (con DNI 31654702 -D), se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado.

Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" (con carácter gratuito) y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la providencia de fecha 24 de abril de 2012 (artículo 96.1 Ley Concursal). Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal.

Tercero.- Las impugnaciones se realizarán por medio de Letrado y Procurador de los tribunales (artículo 184.4 Ley Concursal). Del escrito de demanda y documentos acompañados deberán presentarse nueve copias (9) en soporte papel o en CD individualmente emblistado para el emplazamiento de los personados (artículo 94.3 Ley Concursal).

Madrid, 24 de abril de 2012.- La Secretario judicial.

13-02-2012
A120005097
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid.

Anuncia

En este Juzgado se tramita procedimiento: Concurso Abreviado n.º 260/10 a instancia de don José M.ª Buján Moyano, con DNI: 51877017B, en cuyos autos se ha dictado con fecha 2 de noviembre de 2011 por el Magistrado-Juez don Antonio Pedreira González, auto de conlusión del concursado don José María Buján Moyano, en cuya parte dispositiva dice:

1.-Acordar la conclusión del presente concurso, relativo a don José María Buján Moyano (NIF 51877017B), por inexistencia de bienes y derechos, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son legal y necesario corolario.

2.-Declarar aprobadas la cuentas rendidas por la Administración Concursal.

3.-En particular, acordar la producción de los siguientes efectos:

- Cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del concursado subsistentes.

Madrid, 27 de enero de 2012.- El Secretario judicial.

06-02-2012
A120004875
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto.

Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 728/2010 referente a los concursados don Pedro Robles Salazar y doña Manuel Priego Rojas, por auto de fecha 26 de enero de 2012, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor "don Pedro Robles Salazar y doña Manuel Priego Rojas".

2.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.- La apertura de la liquidación produce la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo que fuere imprescindible para atender a las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 25.3 y descendientes bajo su potestad.

5.- Se declaran vencidos los créditos concúrsales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC.

Madrid, 26 de enero de 2012.- Secretaria Judicial.

21-12-2011
90700
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, anuncia:

1. Que en los concursos de acreedores números 224/2010 y 342/2010, referente a los concursados don Manuel Ortuño Morente y doña Monserrat Madero del Valle, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 27 de marzo de 2012, a las 13'30 horas en la sala de audiencias de este Juzgado.

2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, los deudores y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de Apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 23 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

06-10-2011
72364
 
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trontonda, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid.

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 497/2008, referente al concursado don Francisco Ruiz Vieira y doña Ana María Oronoz Domínguez, por auto de fecha 16 de septiembre de 2011 se ha acordado lo siguiente:

Primero.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 7 de abril de 2011 y se abre la fase de liquidación al no haberse aprobado la fase de convenio.

Segundo.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Madrid, 16 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

22-09-2011
66506
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 176/2008 referente al concursado don Juan José Prieto Bonilla por auto de 5 de septiembre de 2011 se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día jueves 15 de diciembre de 2011, a las 12:15 horas, en la sala de vistas de este Juzgado, sita en calle Gran Vía, n.º 52, 4.ª planta, 28013 Madrid.

2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC en relación con el artículo 103 de la citada ley.

3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 5 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

17-09-2011
67476
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 603/2009 referente al concursado don Juan Jose Zabala Anza se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 15 de diciembre 2011, a las 12:00 horas, en la sala de vistas de este Juzgado, sita en calle Gran Vía, n.º 52, 4.ª Planta, 28013 Madrid.

Segundo.-Los acreedores podrán adeherirse a las propuestas de convenio presentado por el deudor en los términos de artículo 115.3 de la LC en relación con el artículo 103 de la citada ley.

Tercero.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 5 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

20-07-2011
57856
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 533/2008 referente a los concursados don Antonio Martín Ramos y doña Miriam del Castillo Bargos, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 28 de julio de 2011, alas 11:00 horas en la sala de vistas de este Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.

Segundo.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de Apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC.

Madrid, 8 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.

18-07-2011
57046
 
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
 

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid anuncia

Que en el procedimiento concursal 123/08, referente a los concursados don Diego Sánchez Viñambres, Doña Adela Frutos Mata, Don Juan Carlos Sánchez Viñambres por auto de fecha 1 de julio de 2011 se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 10 de marzo de 2011 y se acre la fase de liquidación al no haberse aprobado la fase de convenio.

Segundo.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Madrid, 1 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

23-05-2011
33277
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Yolanda Caballero Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos de concurso voluntario de don Carlos Sanz Gómez y doña Pilar Revuelto Sánchez Aguilera seguidos en este Juzgado a instancia del procurador don Felipe Juanas Blanco con el n.º 727/2010 se ha dictado en fecha tres de diciembre de 2010, auto de conclusión del concurso.

Madrid, 3 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial.

09-05-2011
32721
 
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 497/2008, referente a los concursados don Francisco Ruiz Vieira y doña Ana María Oronoz Domínguez se ha dictado auto de fecha 7 de abril de 2011, acordado la apertura de fase de convenio convocando Junta de acreedores que se celebrará el día 12 de septiembre de 2011 a las 11:00 horas en la sede del Juzgado de lo Mercantil número 3 sito en calle Gran Vía, número 52, 1.ª planta.

Segundo.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

Tercero.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

Madrid, 7 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.

17-03-2011
14033
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Yolanda Caballero Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 728/2010 referente al deudor DOÑA MANUEL PRIEGO ROJAS y DON PEDRO ROBLES SALAZAR, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de CINCO DÍAS, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Madrid, 24 de febrero de 2011.- Secretaria Judicial.

11-01-2011
95661
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 496/2008 referente a los concursados don Francisco Javier Ordóñez Gil y doña María Aurora Suárez Menéndez se ha suspendido la Junta señalada para el pasado día 26 de noviembre convocándose nuevamente Junta de acreedores que se celebrará el día dieciocho de febrero de dos mil once, a las once horas.

Segundo.- Se someterá a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por Francisco Javier Ordóñez Gil y María Aurora Suárez Menéndez.

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado.

Los Acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

Tercero.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 29 de noviembre de 2010.- La Secretario Judicial.

21-10-2010
75903
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal números 496/2008 y 496/2008 bis, referente a los concursados don Francisco Javier Ordóñez Gil y doña M.ª Aurora Suárez Menéndez se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 26 de noviembre de 2010, a las diez horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado.

2. Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentada por don Francisco Javier Ordóñez Gil y doña Aurora Suárez Menéndez.

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 27 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

11-03-2010
15275
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 31/2009 referente al concursado don Juan Ramón Pulido Gil, con NIF nº 46.323.147-L, por auto de fecha 2 de marzo de dos mil diez, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso por no haber sido aprobado el convenio propuesto por el deudor en junta de acreedores del día 25 de febrero de 2010.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4.- Quedar extinguido el derecho del concursado a los alimentos a cargo de la masa activa.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

7.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y en el tablón de anuncios del este Juzgado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 2 de marzo de 2010.- La Secretario Judicial.

11-01-2010
94575
 
  • Cese de los Administradores
 

EL Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 139 /2009 referente a los concursados don Juan Pradillo Alberruche y doña Tatiana Arjona Martínez de la Villa por auto de fecha 23.12.09 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de Oficio de la liquidación del concurso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Madrid, 23 de diciembre de 2009.- Secretario Judicial.

13-07-2009
54091
 

El Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia

Primero.- Que en el procedimiento número 669/08, por auto de fecha 8 de junio del 2009 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Doña Maria de los Angeles Muñoz Alloza, con documento nacional de identidad 00121945-E y con domicilio en calle Poniente,53 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Segundo.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la ley Concursal. El plazo para esta comunicación es de 1 mes a contar desde el día siguiente a esta publicación.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal)

Madrid, 8 de junio de 2009.- El Secretario Judicial.

13-05-2009
33145
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 293/08 referente al deudor Don Charles Davies Cropley e Sainthill, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.- Dentro del plazo de 5 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, diario "La Razón", así como en el tablón de anuncios de este Juzgado. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 18 de marzo de 2.- El Secretario Judicial.

16-02-2009
7460
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Dª Elisa Martí Vilache, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

ANUNCIA

1.- Que el procedimiento número 705/2008, por auto de 29/12/08 se ha declarado en concurso al deudor Don Joaquin Martin Redondo Hernández y Doña Maria José Cano Alepuz, con domicilio en Parla (Madrid) Calle Perú 22 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio.

2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y el/los periódicos a que se refiere el artículo 23 de la LC.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 21 de enero de 2009.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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