Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Las Tiras 13L Sl

El 22-01-2009, Las Tiras 13L Sl, en CANYELLES (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B64201742. La actividad (principal) de Las Tiras 13L Sl es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Las Tiras 13L Sl
Localidad:
CANYELLES
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B64201742
Número de insolvencia:
B64201742
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
QUINTANES 32
08811 CANYELLES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-02-2009
5991
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don/doña Joaquin Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos con el número 1017/2008 se ha declarado el concurso voluntario principal de Las Tiras 13L, Sociedad Limitada, con Número de Identificación Fiscal número B-64201742 y domicilio en avenida Quintanes, número 32, 08811 de Canyelles (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento ordinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará a éste Juzgado en el plazo de un mes, a contar desde la última de las publicaciones edictales acordadas en el Auto de declaración del concurso de fecha 22 de enero de 2009 firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende.

Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 22 de enero de 2009.- El Secretario judicial.

Informes
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