Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Contraplano DiStribuciones Cinematograficas S.L.

El 23-04-2008, Contraplano DiStribuciones Cinematograficas S.L., en FIGUERES (Gerona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17798604. La actividad (principal) de Contraplano DiStribuciones Cinematograficas S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Contraplano DiStribuciones Cinematograficas S.L.
Localidad:
FIGUERES
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B17798604
Número de insolvencia:
B17798604
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
VILALLONGA 0
17600 FIGUERES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-08-2021
BOE-J-2021-70628
 
  • Conclusión del concurso
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Girona

Dirección: Avenida RAMON FOLCH 4-6

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 972942306

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 393/2008

NIG: 1707942120080075230

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 31/05/2019

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Alicia De La Torre Duñaiturria , la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona hago saber que:

En el Concurso Voluntario Ordinario nº 393/2008 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de la sociedad Contraplano Distribuciones Cinematograficas S.L.U., con CIF B17798604, y domicilio en Avinguda Vilallonga, nº 6 bajos de la localidad de Figueras ( Girona).

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

En Girona, a 31 de mayo de 2019.

Girona, 4 de agosto de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

24-03-2010
17685
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Don Jose Antonio Marquinez Beitia, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Ordinario número 393/2008, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispostiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar finalizada la fase de Convenio del presente procedimiento concursl de la entidad mercantil Contraplano Distribuciones Cinematográficas Sociedad Limitada U, con CIF B17798604 y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143.1.1 de la Ley Concursal, al no haberse presentado dentro del plazo legal ninguna propuesta de convenio.

Se suspende la Junta de Acreedores señalada para el próximo día 15 de abril de 2010, a las 10 horas.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

Inscríbanse, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber el cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al tomo 2.113, folio 37, hoja nº Gi 35158, inscripción primera del Registro Mercantil de Girona.

Entréguense en debida forma a la procuradora Sra. Eva María Camparón Pintiado, el mandamiento y oficio correspondiente para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas.

En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la maca activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de diez días, de conformidad con el artículo 168, en relación con el 191 de la Ley Concursal, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará al efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo manda y firma el Magistrado Juez. Don Hugo Novales Bilbao del Juzgado Mercantil número 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez.- El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 3 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

12-01-2010
95579
 
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Girona, con funciones de Mercantil,

Hago saber: Que en el expediente de Concurso voluntario ordinario n.º 393/2008, se ha acordado en virtud de auto dictado en fecha 17 de diciembre de 2009, el cierre de la fase común, la apertura de la fase de convenio y la convocatoria judicial de Junta de acreedores de la mercantil concursada Contraplano Distribuciones Cinematográficas, Sociedad Limitada U., para el próximo día 15 de abril de 2010, a las 10 horas, que se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

Se hace saber a la concursada y a los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta cuarenta días antes de la celebración de la junta.

En cumplimiento del artículo 111 párrafo segundo del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria segunda, la publicidad en el BOE será gratuita para el auto que acuerda la apertura de la fase convenio, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicación, expido el presente.

Girona, 17 de diciembre de 2009.- Secretario Judicial.

09-02-2009
6871
 

Don Carlos Peinado Dominguez, Magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Girona, hago saber:

Que en el concurso voluntario número 393/2008 se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a tramite del concurso voluntario ordinario de la mercantil Contraplano Distribuciones cinematográficas, S.L.U., con C.I.F. número B17798604, con domicilio en Avenida Vilallonga, 6, bajos de la localidad de Figueras, siendo designados como Administradores Judiciales a Don Josep Quera Vidal, por el turno de letrados, Don Luis Velasco Massip, por el turno de auditores de cuentas, economistas o titulados mercantiles, y por el turno de acreedores a la entidad Caixa de Sabadell. Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra la concursada, dentro de un mes a contar desde la ultima de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentara ante el juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretendas, acompañándose los originales o copias autenticas, del titulo o documentos relativos al titulo.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 6 y 23 de la ley concursal, expido el presente.

Girona, 23 de abril de 2008.- El Magistrado Juez.

23-04-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara een concurso, que tiene carácter de voluntario, a la deudora CONTRAPLANO DISTRIBUCIONES CINEMATOGRAFICAS SL. Toda vez que se trata de concurso voluntario, el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos