Doña María José Navarro Melchor, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores número 1257/2008, se ha dictado en esta fecha por el ilmo. sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de las mercantiles:
"Rafael Domenech S.L.", domiciliada en Senyera (Valencia), polígono industrial 2, parcela número 2, con CIF número B-46238739, inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, al tomo 4665, libro 1975 de la sección 8.ª, folio 175, hoja número V-29681.
"Fernando Domenech S.L.", domiciliada en Senyera (Valencia), polígono industrial 2, parcela número 2 con CIF número B- 96845441, inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, al tomo 6352, libro 3657, folio 172, hoja número V-66105.
"Metalicas Onda S.L.", domiciliada en Villanueva de Castellón (Valencia), avenida de la Estación, número 12, con CIF número B-12508974, inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Castellón, al tomo 983, libro 548, folio 8, hoja número CS-15310.
"Urbecon Meditarraneo S.L.", unipersonal, domiciliada en Senyera (Valencia), polígono industrial 2, parcela número 2 con CIF número B-97285399, inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, al tomo 7366, libro 4667, folio 35, hoja número V-87381.
Habiendose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiendose nombrado Administradores concursales a don Jaime Bernabeu Sanchis, Abogado, con despacho profesional en Ontinyent (Valencia), calle Daniel Gil, número 19, 3.º, 5.ª; don Pedro Martínez Martínez, Títular Mercantil Auditor, con despacho profesional en Paterna (Valencia), plaza Mayor, número 14, y el acreedor "Naves Industriales Romica, S.L.", con domicilio en Albacete, pol. ind. Campollano y CIF número B-02294650.
De conformidad con lo ordenado, se llama por este edicto a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85.
Valencia, 19 de enero de 2009.- El Secretario Judicial.