Edicto
Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de A Coruña,
Por el presente, hago Saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 712/2008 con NIG 15030 47 1 2008 0000221, siendo el deudor Construccions e Promocions Fonosil, S.L., con CIF B15623168 y, domiciliada en Rúa Irmáns Labarta n.º 17 NOIA A CORUÑA, se ha dictado en fecha 05/11/2020 el Auto de Conclusión en el que se acordó:
Declarar la conclusión del concurso necesario abreviado de la entidad Construccions e Promocions Fonosil, S.L., con CIF B15623168, inscrita en el Registro Mercantil de A CORUÑA al folio 130 del Tomo 1990, hoja registral n.º C-19.176, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones.
Se establecen los siguientes efectos:
Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.
Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado».
A Coruña, 10 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.