ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 7 de Madrid
Dirección: Calle GRAN VÍA 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Teléfono: 914930450
PROCEDIMIENTO
Concursal
Número: 628/2021
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 01/09/2021
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento
DESTINATARIOS
Concursado, acreedores interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
1.- Que en el concurso consecutivo 628/2021, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2021/0245218, por auto de fecha 01/09/2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D./Dña. Maria Mercedes Flores Romero, con nº de identificación 01.821.196-X, y domiciliada en calle Avenida de la Albufera, 420 7º A 28701 San Sebastián de los Reyes (Madrid)
2.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal
3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente:
Guillermo Gil Laso Despacho profesional: Avda. Juan Carlos I, 1 Local 8, 28806 Alcalá de
Henares (Madrid) Teléfono 91 912 06 01 Correo electrónico: mediacion1@gestorialas.es
4.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es
7.-Que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación del concurso a petición del deudor acordándose la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Madrid, 6 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ