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Concurso de acreedores terminado Sedesa Concesiones Sl

El 01-01-0001, Sedesa Concesiones Sl, en ALDAIA (Valencia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B97550214. La actividad (principal) de Sedesa Concesiones Sl es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Sedesa Concesiones Sl
Localidad:
ALDAIA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B97550214
Número de insolvencia:
B97550214
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ROGER DE LAURIA, 19 - PISO 2 C 0
46002 VALENCIA
Mostrar en tarjeta
-
CM :
SILLA 0
46960 ALDAIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-04-2021
A210024283
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Conclusión del concurso
 

D. José Victor Sanz Gordón, Letrado Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num.3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 499/2017 habiéndose dictado en fecha 26 de marzo de 2021 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Parte dispositiva

Acuerdo la conclusión del concurso de la mercantil Sedesa Concesiones, S.L.U., cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.

Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.

Cese en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas.

Notifíquese esta resolución a la Administración concursal, a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE, de forma gratuita por inexistencia de bienes.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 483 y 485 del TRLC, en relación con los arts. 35 y ss TRLC y art. 323 RRM.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (art. 481.1 TRLC).

Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe".

Valencia, 26 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

Informes
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