Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
Hago saber:
Que en el Concurso Abreviado 326/2020, seguido en este Juzgado, con NIF 3603847120200300882, se ha dictado Auto de 12/04/21, acordando lo siguiente:
1.º Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora PLUDICAR, S.L., con CIF B-27.787.431, cuyo domicilio lo tiene en la Gran Vía, n.º 112, Bajo, de Vigo (Pontevedra).
2.° Concluir el mencionado concurso por insuficiencia de masa activa, al apreciar S. S.ª de manera evidente que el patrimonio del concursado no será presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa del procedimiento ni ser previsible el ejercicio de acción de reintegración, de impugnación o de responsabilidad de terceros, conforme a lo previsto en el artículo 470 del TRLC.
3.° La extinción de la sociedad concursada y la cancelación de la misma en el Registro Mercantil de Pontevedra.
4.º El Auto no es firme pues es susceptible de recurso de apelación.
5.° De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es
Vigo, 12 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.