Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Persona física

El 24-03-2021, Persona física, en PALMA (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es 43114515A. La actividad (principal) de Persona física es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
PALMA
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
43114515A
Número de insolvencia:
43114515A
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
TR :
BALLESTER, 8 - A 0
07002 PALMA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-04-2021
A210023625
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Dª Margarita Juan Losa, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº concurso abreviado 303/2021C y nig nº 07040 47 1 2021 0001407 se ha dictado en fecha 24 de marzo de 2021 Auto de declaración de concurso voluntario consecutivo del deudor Antonio Miguel Fuster Stigell, provisto del número de DNI 43114515A.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor, en las que será sustituido por la Administración concursal.

3º.- Se ha designado como Administración concursal al letrado D. José Caldentey Aguiló, con D.N.I. número 34065992W, mayor de edad, con domicilio profesional en avenida Alemania, nº 15, escalera B, 8º, 2ª, C.P. 07003 de Palma de Mallorca, con número de teléfono 649194818 y dirección de correo electrónico josecaldentey@telefonica.net, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del Texto refundido de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 512.1 y 2 del Texto refundido de la Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 15 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Juan Losa.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos