El 02-12-2020, Persona física, en LLOMA LLARGA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es 52729578P. La actividad (principal) de Persona física es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
52729578P
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Auto de declaración de concurso voluntario
Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de VALENCIA, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado [CNA] consecutivo voluntario n.º 000888/2020, habiéndose dictado en fecha doce de noviembre de dos mil veinte por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez Jacinto Talens Segui auto de declaración de concurso de acreedores de Vicente Salamanca Aguilera, con domicilio en C/ Doctor Josep juan Dòmine, 3, P06, 17 Valencia y NIF n.º 32088593M. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D. Juan Llatas Serrano con domicilio en Conde Salvatierra, 23, pta 4, Valencia46004 y correo electrónico jllatas@nu2abogados.com. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de UN MES desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 2 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, M.ª José Roig Sapiña.
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