El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal,
Anuncia:
En el presente procedimiento Concurso Necesario Ordinario 505/2019, se ha dictado Auto de fecha 13 de mayo de 2021 por el que se ha declarado la Conclusión del presente procedimiento concursal referente al deudor THE HOLD 2007, S.L., con CIF B04607495, por insuficiencia de masa, asi mismo, se acuerda aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración concursal.
Se acuerda la extinción de THE HOLD 2007 S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad THE HOLD 2007, S.L.
Almería, 13 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.
El Juzgado de lo Mercantil de Almeria, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 35 del Trlc, Anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 505/2019, con NIG 0401342120190006807 por auto de fecha 18/11/20 se ha declarado en concurso Necesario al deudor THE HOLD 2007, S.L., Cif: B04607495,con domicilio en C/Cabo de Gata Sur 21,04110 Campohermoso, Almería.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la Administración Concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la Administración Concursal designada ha sido D. Antonio Luis Hernández Sánchez, Abogado, con domicilio postal en calle Constantino, n.º 6, Oficina 1-2, 04700, El Ejido, Almeria y dirección electrónica hs2584@icaalmeria.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Público Concursal y en el Tablón electrónico de la Sede Judicial.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 TRLC).
Almeria, 16 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Ángeles Bossini Ruiz.