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Concurso de acreedores terminado Marcil Alecan Services Sl.

El 25-11-2020, Marcil Alecan Services Sl., en ARONA (Tenerife) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SANTA CRUZ DE TENERIFE. El número de insolvencia de esta empresa es B76665330. La actividad (principal) de Marcil Alecan Services Sl. es otros servicios personales.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Marcil Alecan Services Sl.
Localidad:
ARONA
Provincia:
Tenerife
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B76665330
Número de insolvencia:
B76665330
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Otros servicios
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
PALM-MAR, 49 - VILLA 21 0
38640 ARONA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
RUISEÑOR (COMPLEJO RAN REMO), 7 - PTL G 0
38640 ARONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-12-2020
A200064414
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Victoria Eugenia Pérez Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento Concursal voluntario ordinario n.° 213/2020, de la entidad Marcil Alecan Services, S.L., con CIF B76665330, se ha dictado auto n.° 293/2020 de fecha 25 de noviembre de 2020, cuyos puntos principales, de la parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

"Primero.-Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador Dña. Giulia Nathali Feliziani Gil, en nombre y representación de Marcil Aleacan Service, S.L., con CIF n.º B76665330.

Segundo.-Se declara en concurso, que tiene carácter voluntario, al deudor Marcil Aleacan Service, S.L., con CIF n.º B76665330 y domicilio la Avenida el Palmar, 49, Villa 31 (Arona).

Tercero.-Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones. Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica del deudor [...].

Cuarto.-Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con identificación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 35 del TRLC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Modo de impugnación.-Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en el Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458. 1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá ingresando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita."

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su publicación en el tablón de anuncios de este juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 2 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez - Pablos.

Informes
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