Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento n.º 946/2020, (NIG 2906742120200038989 ) por auto de fecha 1 de diciembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor RUSHBROOK, S.L., con CIF n.º B38534301, con domicilio en Santa Cruz de Tenerife y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.
3º.- Que la administración concursal la integra D. JUAN CARLOS ROBLES DÍAZ, provisto de DNI n.º 33370407Y; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio profesional en Plaza Uncibay, 8, 2.º 8, Málaga, CP 29008, vecino de Málaga, Tlf. 952217346. Profesión: abogado y economista y con dirección de correo electrónico concursorushbrook@rdasesores.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.
6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 10 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.