Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Comercial Agricola Del Nagima Sa

El 10-11-2020, Comercial Agricola Del Nagima Sa, en SERON DE NAGIMA (Soria) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SORIA. El número de insolvencia de esta empresa es A42178327. La actividad (principal) de Comercial Agricola Del Nagima Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Comercial Agricola Del Nagima Sa
Localidad:
SERON DE NAGIMA
Provincia:
Soria
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A42178327
Número de insolvencia:
A42178327
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
SO-340 GOMARA-MONTEAGUDO 0
42127 SERON DE NAGIMA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-02-2021
A210009324
 
  • Cese de los Administradores
 

Don ALFONSO VAL ZURITA, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 2 de Soria, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección Primera Declaración de Concurso 0000286/2020 y NIG n.º 42173 41 1 2020 0001176, se ha dictado en fecha 10 de febrero de 2021 auto de declaración de concurso voluntario del deudor COMERCIAL AGRICOLA DEL NAGIMA, S.A., con CIF n.º A42178327, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Serón de Nágima (Soria).

2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición por la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Don Eduardo Sanz Herranz, con domicilio profesional en C/ Plaza del Olivo, n.º 3, 1.º, de Soria y dirección de correo electrónico: nagima@shlabogados.com señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 de la TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Soria, 16 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justiicia, Alfonso Val Zurita.

14-11-2020
A200055173
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

D. Alfonso Val Zurita, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 de Soria,

Hago Saber:

1º.- Que en el procedimiento concursal número 286/2020, por Auto de fecha veintisiete de julio de dos mil veinte, se ha declarado en situación de concurso voluntario a la entidad mercantil COMERCIAL AGRÍCOLA DEL NAGIMA, con CIF A42178327

2º.- En la citada resolución se ha declarado la disolución de la mercantil COMERCIAL AGRÍCOLA DEL NAGIMA.

3º.- Asimismo se ha declarado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Soria, 10 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso Val Zurita.

Informes
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