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Concurso de acreedores Ganaderia El Berrojo Sl.

El 15-10-2020, Ganaderia El Berrojo Sl., en COGECES DE ISCAR (Valladolid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALLADOLID. El número de insolvencia de esta empresa es B47699012. La actividad (principal) de Ganaderia El Berrojo Sl. es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ganaderia El Berrojo Sl.
Localidad:
COGECES DE ISCAR
Provincia:
Valladolid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B47699012
Número de insolvencia:
B47699012
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PL :
VIEJA 11
47440 COGECES DE ISCAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-10-2020
A200050616
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D./Dª. Mª BEGOÑA OZAMIZ BAGENETA, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N.º 1 de VALLADOLID,

Por el presente, HAGO SABER:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 0000316 /2020 y en la SECCION I DECLARACION CONCURSO y NIG nº 47186 47 1 2020 0000326 se ha dictado en fecha siete de octubre de dos mil veinte

auto de declaración de concurso voluntario del deudor GANADERIA EL BERROJO, S.L., con C.I.F.: B47699012, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plazuela Vieja n.º11, 47440- Cogeces de Íscar (Valladolid).

El deudor tiene solicitada la liquidación.

2º.- Se ha acordado la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador Concursal, mediante su autorización.

Se ha designado, como Administración concursal a FERNANDO DE LAS HERAS CANTALAPIEDRA, Abogado, con domicilio postal en C/ ANGUSTIAS,32 Piso 2.º A, 47003-VALLADOLID y dirección electrónica señalada concursoganaderiaelberrojo@essentiaabogados.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. No se admitirán comunicaciones de créditos dirigidas es este Juzgado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 512 del TRLC)

Valladolid, 15 de octubre de 2020.- El/La Letrado de la Administracion de Justicia, M.ª Begoña Ozamiz Bageneta.

Informes
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