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Concurso de acreedores Gestion Estudios Obras Y Proyectos Sa

El 15-05-2020, Gestion Estudios Obras Y Proyectos Sa, en ARGANDA (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A78145026. La actividad (principal) de Gestion Estudios Obras Y Proyectos Sa es ingeniería civil.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gestion Estudios Obras Y Proyectos Sa
Localidad:
ARGANDA
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A78145026
Número de insolvencia:
A78145026
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
AMERICA 46
28028 MADRID
Mostrar en tarjeta
-
CL :
PICO ALMANZOR (PG VALDECABANA) 29
28500 ARGANDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-09-2020
A200041927
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña María Jesús Rodríguez Fernández, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid,

Hace saber:

1. Que en el Concurso Abreviado 656/2020, con número de identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0046594, por auto de fecha 15/05/2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Gestión, Estudio, Obras y Proyectos, S.A., con n.º de identificación A78145026, y domiciliado en Arganda del Rey, calle Pico Almanzor, n.º 29, Polígono Industrial Valdecabañas.

2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la Administración concursal.

4. La identidad de la Administración concursal es D./Dña. Javier Peris Mir, con domicilio postal en Joaquín Costa n.º 48, 4, 9 puerta, 46005, Valencia, y dirección electrónica concurso@perisyruizabogados.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 4 de septiembre de 2020.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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