Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,
Anuncia:
1º.- Que en el procedimiento nº 506/2020 (NIG: 2906742120200018050) por auto de fecha 23 de junio de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor GALVEZCA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL, con CIF B93492825 y domicilio en Málaga, calle Salitre nº 12, portal 1, 2º C, C.P. 29002 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3º.- Que la Administración concursal la integra don José Luis Lillo Flores, con DNI 48367462A, que lo hace en nombre y representación PROFESIONALES CONCURSALES GESTIDEM, S.L.P., con CIF B54825765 con domicilio social y dirección postal en Elche (Alicante) Gabriel Miro 4, Entl, 03201, teléfono: 966222848, y con dirección de correo electrónico concursal@gestidem.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 6 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.