Edicto
Don Alfredo Fernández Rienda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia,
1.º-Que en el procedimiento número 223/2020, con NIG 1101242120200001634, por auto de 5 de junio de 2020 ha sido declarado en Concurso Voluntario Abreviado GANADEROS DE NUEVA JARILLA, SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA, con CIF F11723038 y domicilio social en Carretera Torre Melgarejo, Km 1, Nueva Jarilla de Jerez de la Frontera (11592).
2.º-Que en fecha 3 de julio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el edicto haciéndolo saber, apreciándose un error en el punto 2.º del mencionado Edicto, relativo a las facultades de la Administración Concursal, habiéndose acordado por resolución del día de la fecha la publicación en el BOE del error observado
3.º-Donde dice "Que el deudor ha sido privado de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo éstas ejercidas por la administración concursal", debe decir "Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo éstas sometidas a la Administración Concursal".
4.º-No suponiendo la publicación del presente Edicto, la concesión de un nuevo plazo para los acreedores.
Cádiz, 29 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Fernández Rienda.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 223/2020, con NIG 1101242120200001634 por auto de 5 de junio de 2020 ha sido declarado en Concurso Voluntario Abreviado GANADEROS DE NUEVA JARILLA, SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA, con CIF F11723038, y domicilio social en Carretera Torre Melgarejo, Km 1, Nueva Jarilla, de Jerez de la Frontera (11592).
2º.- Que el deudor ha sido privado de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo éstas ejercidas por la administración concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración Chiclana de la Frontera, calle Nueva, n.º 17, planta 2, puerta C (11130), dirección de correo electrónico josemaria@bufetemaciasvela.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Cádiz, 30 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Fernández Rienda.