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Concurso de acreedores terminado Auto Electricidad Camvi Sociedad Anonima

El 01-01-0001, Auto Electricidad Camvi Sociedad Anonima, en SUECA (Valencia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es A96354642. La actividad (principal) de Auto Electricidad Camvi Sociedad Anonima es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Auto Electricidad Camvi Sociedad Anonima
Localidad:
SUECA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A96354642
Número de insolvencia:
A96354642
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SANT VICENT DE LA RODA 38
46410 SUECA
Mostrar en tarjeta
-
CM :
VELL DE VALENCIA 40
46410 SUECA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-12-2019
A190068246
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

EDICTO

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 1128/2019 habiéndose dictado en fecha 19 de noviembre de 2019 por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

DISPONGO

Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de Concurso Voluntario a la entidad Auto Electricidad Camvi, S.A.U., cuyos datos son:

CIF número A96354642.

Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5090, hoja V39044 y con domicilio social en Sueca, Camino Viejo de Valencia número 40.

y la Conclusión del Concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los créditos contra la masa.

Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la Ley Concursal, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia.

Expídase por el señor Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de Internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndole un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección Primera del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer Recurso de Apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (artículo 176 bis apartado 4 LC).

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.

Valencia, 20 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

Informes
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